REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuadragésimo Segundo (42°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta (30) de Junio de 2014
203º y 154º
ASUNTO: AP21-L-2014-01643
Vista la diligencia que antecede suscrita en fecha veinticinco (25) de junio de 2014, por el Abogado DENIS A. RODRIGUEZ ESCORCHE inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 141.944, actuando en su condición de apoderado judicial de la demandante ANA CECILIA ESCORCHE DE RODRIGUEZ mediante la cual manifiesta la voluntad de su mandante de desistir del presente procedimiento incoado en contra la empresa AGENCIA DE VIAJES OMEGA, C.A. por INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL, y en vista que la actuación realizada es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por la parte actora; la cual no es contraria a derecho, al orden publico, ni a las buenas costumbres; en consecuencia este Tribunal Cuadragésimo Segundo (42º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en uso de sus atribuciones legales previstas en los artículos 261 y 262, del Código de Procedimiento Civil y en el Artículo 3, Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo, HOMOLOGA el presente desistimiento y le otorga fuerza de COSA JUZGADA, ya que es Ley entre las partes. En consecuencia se da por TERMINADO el procedimiento, se ordena el archivo definitivo del expediente y el cierre informático en el Sistema Juris 2000.- PUBLIQUESE Y REGISTRESE
La Juez
Abg. Ysabel C. Piñeyro
El Secretario
Abg. Yorman García
ASUNTO: AP21-L-2014-01643
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