REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Año 204° y 155°
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR


N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2014-001115


En el día hábil de hoy VIERNES 20 DE JUNIO DE 2014, siendo las 2:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente asunto que por Cobro de Prestaciones Sociales incoara la ciudadana HEIDI XIOMARA RIVERO PEREZ, titular de la cedula de identidad N° 14.519.402, contra la sociedad mercantil FUENTE DE SODA, RESTAURANT Y PIZZERIA EL SEMAFORO, C.A., anunciado como ha sido el acto en la Sala de Espera de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución, se deja constancia de la comparecencia del abogado ALDO OLIVER CORAGGIO GRANADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 135.226, con el carácter de apoderado judicial de la parte actora. Asimismo se deja constancia de la comparecencia del abogado GERMAN ANTONIO GUEVARA MENDOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 140.055, en su carácter de apoderado judicial de la demandada. En este acto las partes de mutuo acuerdo TRANSARON por la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs.120.000,00) por los siguientes conceptos: garantía de prestaciones sociales, intereses sobre la garantía de prestaciones sociales, indemnización prevista en el articulo 92 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras, bono de alimentación y bono nocturno, domingos y feriados, horas extraordinarias, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado y bonificación de fin de año fraccionada. La cancelación del monto acordado se efectúa en este acto mediante cheque Nº 96-73667092, del Banco Exterior Banco Universal, a nombre de HEIDI RIVERO, de fecha 20 de junio de 2014. Por consiguiente, este Juzgado HOMOLOGA la presente transacción dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras (LOTTT) y los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, todo ello conforme a los artículos 87 y 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Regístrese, Publíquese y guárdese copia certificada. Asimismo, se deja constancia de la devolución de los escritos de promoción de pruebas, por lo que en este mismo acto se da por terminado el presente asunto, se ordena el cierre informático y su remisión a la División de Archivo Judicial. Igualmente las partes solicitan copias certificadas de la presente acta, por lo que se ordena al secretario del Tribunal expedir dos (2) juegos de copias certificadas, de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, las cuales son retiradas en este acto. Es todo. Término, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ


SADY CARDONA MORENO


ALDO OLIVER CORAGGIO GRANADO
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA




GERMAN ANTONIO GUEVARA MENDOZA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

RAFAEL FLORES
EL SECRETARIO