REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
TRÀNSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN CAGUA
204º y 155º
Cagua, 17 de Junio de 2014
Vista la diligencia que antecede, presentada en el día de Despacho de hoy (17/06/2014), por el abogado en ejercicio JHONNY HUBERTO BRITO PAREDES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-17.174.595, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nº 147.002, actuando en su carácter de apoderado Judicial de la sociedad mercantil MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, plenamente identificada en autos como parte demandante en el presente juicio, mediante la cual DESISTE de la acción y del Procedimiento por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoado en contra la sociedad mercantil ALIMENTOS MENJIN, C.A., en su carácter de deudora y representada por su presidente, ciudadano FRANCISCO RAMÓN MENDOZA URDANETA, y JORGE GUILLERMO JIMENEZ, en su carácter de presidente de la COOPERATIVA CASTILLO DE OROR.L., accionista de la prestataria y contra FRANCISCO RAMÓN MENDOZA URDANETA, en su carácter de fiador y principal pagador, todos plenamente identificados en autos, en virtud de haber pagado la totalidad de la deuda. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 265 y 266 del Código de procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara extinguido el Procedimiento, por lo que se da por terminado el mismo, en tal virtud se acuerda la desincorporación del expediente y su Archivo Judicial. ARCHÍVESE.-
LA JUEZA,
Dra. MARIELA DE LA PAZ SUAREZ SILVA
LA SECRETARIA,
Abog. PALMIRA ALVES LOMBANO
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA,
Abog. PALMIRA ALVES LOMBANO
Expte. Nº 14-16854
MDLPSS
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