REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 10 de Junio de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2014-000677
ASUNTO : NP01-S-2014-000677


Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en cuanto a la solicitud de fecha 28 de mayo de 2014 y recibida por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Especializado en fecha 10 de junio de 2014, interpuesta por el ciudadano Acusado YONNY RAMON JARAMILLO, y certificada por el ciudadano Francisco Marcano en su condición de Director del Internado Judicial de Monagas, a los fines de que se autorice el traslado el día jueves 12 de junio de 2014 hasta el servicio de Endocrinología del Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, de esta ciudad de Maturín Estado Monagas, con la finalidad que se realice evaluación médica por medico especialista, aunado a Informe Médico suscrito por la Dra. Mime L. Rivero R., MSAS 99.569, en el cual remite al prenombrado ciudadano la consulta de endocrinología. Ahora bien, una vez valuado en su integridad el escrito contentivo de las razones de hecho en cual se fundamenta el acusado para formular tal petición, en tal sentido es deber indeclinable del estado proteger la vida de las personas que se encuentran privadas de libertad, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 83 Ejusdem la salud es un derecho social fundamental y el Estado debe garantizarla como parte del derecho a la vida. Por todas las razones de derecho antes expuesta este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER en aras de garantizar el Derecho Constitucional a la Salud previsto en el articulo 83 de nuestra Carta Magna ACUERDA el traslado del acusado ciudadano YONNY RAMON JARAMILLO, hasta el Departamento de Endocrinología del Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, de esta ciudad de Maturín Estado Monagas, a los fines de que se le practique Evaluación Medica Especializada. Hágase lo Conducente. Cúmplase.
La Jueza Primera de Juicio,

Abga. Dulce Lobatón B.
La Secretaria del Tribunal,

Abga. Yomaira Palomo E.