REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 20 de Junio de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2013-002859
ASUNTO : NP01-S-2013-002859
Recibido y visto solicitud interpuesta por la ciudadana ALEXANDRA CAROLINA CORONADO, en su carácter de Defensora Privada del Acusado JESUS AREVALO CASTRO, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.280.267, mediante lo cual expone y solicita el traslado a la médica especialista Dra. Romina Suniaga, el día 25 de junio de 2014, a las 12 p.m., Edificio Osimca, Av. Fuerzas Armadas, Sector las Avenidas, Municipio Maturín, estado Monagas. Ahora bien, una vez valuado en su integridad el escrito contentivo de las razones de hecho y de derecho en cual se fundamenta la ciudadana ALEXANDRA CAROLINA CORONADO para formular tal petición, en tal sentido es deber indeclinable del estado proteger la vida de las personas que se encuentran privadas de libertad, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 83 Ejusdem la salud es un derecho social fundamental y el Estado debe garantizarla como parte del derecho a la vida. Por todas las razones de derecho antes expuesta este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER en aras de garantizar el Derecho Constitucional a la Salud previsto en el articulo 83 de nuestra Carta Magna ACUERDA el traslado del acusado ciudadano JESUS AREVALO CASTRO, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.280.267, hasta el médica especialista Dra. Romina Suniaga, el día 25 de junio de 2014, a las 12 p.m., Edificio Osimca, Av. Fuerzas Armadas, Sector las Avenidas, Municipio Maturín, estado Monagas., a los fines de que se le practique Evaluación Medica Integral; asimismo oficiar al Médico o Médica Especialista Dra. Romina Suniaga, que una vez practicado dicho examen Medico remita las resultas a la brevedad posible a este Tribunal. Hágase lo Conducente. Cúmplase.
La Jueza Primera de Juicio,
Abga. Dulce Lobatón B.
La Secretaria del Tribunal,
Abga. Yomaira Palomo E.