JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DEL ESTADO ARAGUA
Años 203° y 154°
PARTE QUERELLANTE: YINETH ARELIS PEREZ LARA, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 10.340.754.
APODERADA JUDICIAL: ABOGADA MARIA TERESA PEREIRA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 92.667.
PARTE QUERELLADA: CORPORACION DE SALUD DEL ESTADO ARAGUA.
REPRESENTANTE JUDICIAL DE LA PARTE QUERELLADA:
ZULEIMA GUZMAN CAMERO, WILLY SANTANA, ALLIRAMA ATTA ROJAS, DELIA RUMBOS Y YIVIS PERAL, inscritos en el Inpreabogado bajo los número 16.322, 116.796, 146.952, 169.143 Y 170.549, respectivamente.
MOTIVO: RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL.
ASUNTO: DP02-G-2013-000094.
Sentencia Definitiva.
I.
ANTECEDENTES
Se inició la presente causa judicial, mediante escrito presentado en fecha 21 octubre de 2013, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de éste Juzgado Superior Estadal, contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por la ciudadana YINETH ARELIS PEREZ LARA, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 10.340.75, contra el Acto Administrativo contenido en la Resolución N° 298/2013, dictada por el Ciudadano Luís López, en su carácter de Secretario Sectorial del Poder Popular para la Salud (E) y Presidente de la Corporación de Salud del Estado Aragua (E), de fecha 24 de septiembre de 2013.
En la misma fecha, éste Juzgado Superior Estadal acordó la entrada y registro de la causa, quedando signado el Asunto bajo el N° DE01-G-2013-000094.
En fecha 28 de octubre de 2013, mediante sentencia interlocutoria éste Órgano Jurisdiccional declaró su competencia para conocer de la causa y admitió cuanto ha lugar en derecho el recurso interpuesto, ordenando las notificaciones de Ley, así como la apertura del cuaderno separado.Se libraron oficios N° 1785/2013 y N° 1786/2013.
El día 07 de enero de 2014, el ciudadano Alguacil de éste Despacho dejó constancia de haber practicado todas y cada de las notificaciones previamente libradas.
Por auto de fecha 06 de marzo de 2014, se fijó la oportunidad para la celebración de la Audiencia Preliminar, para el Quinto (5°) día de Despacho Siguiente.
En fecha 06 de marzo del 2014, la Abogada ALLIRAMA ATTA ROJAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 146.952, en su carácter de Sustituta del Procurador General de Estado Aragua, presentó escrito de Contestación a la querella.
El día 13 de Marzo de 2014, de conformidad con lo previsto en los artículos 103 y 104 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, se llevó a cabo el acto de Audiencia Preliminar, al cual comparecieron ambas partes y expusieron sus alegatos; ordenándose la apertura del lapso probatorio.
Del folio setenta y siete (77) al folio doscientos treinta (230) del expediente judicial corre inserto el escrito de promoción de prueba y anexo consignado por la parte querellante. De igual forma, desde el folio doscientos treinta y uno (231) al folio doscientos cuarenta (240) consta el escrito de promoción de pruebas y anexos presentado por la Representación Judicial de la parte querellada.
Al folio doscientos cuarenta y uno (241), corre inserta diligencia estampada por la Abogada ALLIRAMA ATTA ROJAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 146.952, en su carácter de Sustituta del Procurador General de Estado Aragua, contentivo de la Oposición alas Pruebas Promovidas por la parte querellante.
Por auto de fecha 28 de marzo de 2014, el tribunal emitió pronunciamiento en cuanto a las pruebas promovidas por ambas partes, con respecto a la impugnación de las documentales resolverá dentro de 3 días de despacho.
En fecha 02 de abril de 2014, el Tribunal aperturando una articulación probatorio de 8 días de Despacho, conforme al 40 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción, aperturando Cuaderno Separado para la Incidencia.
Por auto de fecha 15 de abril de 2014, en la etapa procesal correspondiente, se fijó el cuarto (4°) dí
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