REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


TRIBUNAL SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSOADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, trece (13) de Junio de dos mil catorce (2014).
204° y 155°

Vista la diligencia estampada en fecha 12 de junio de 2014, por la ciudadana abogada Estellamary Oropeza, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nº 184.671, actuando en su carácter de apoderada judicial del Municipio Girardot del estado Aragua, diligencia mediante la cual solicita el cierre del presente expediente, en base a lo siguiente: “Omissis…Consigno copia de resolución 040 recibida en fecha 06 de mayo de 2014 por el ciudadano YERI ERASMO OCHOA, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.228.187, así como también Acta de pago de fecha 09 de junio de 2014 en la que se le hace entrega al ciudadano supra identificado un cheque a su favor signado bajo el Nº 12612659, de fecha 26 de mayo de 2014, por la cantidad de Veinte Mil Ochocientos Once Bolívares sin Céntimos (Bs. 20.811,00), correspondiente a sueldos dejados de percibir desde el mes de noviembre de 2013 hasta el 05 de mayo de 2014, por cuanto fue incorporado efectivamente al órgano municipal en fecha 06 de mayo de 2014 (…) Dando fiel cumplimiento a la medida de reincorporación emanada del Juzgado Superior Contencioso Administrativo…” Ahora bien, a los fines de proceder con el cierre definitivo con el expediente, considera necesario Notificar al ciudadano YERI ERASMO OCHOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.228.187, a los fines de que informe a este Tribunal Superior, si efectivamente recibió el mencionado cheque de Gerencia girado a su favor, esto es, el pago de salario dejados de percibir desde el mes de noviembre de 2013 hasta el 05 de Mayo de 2014 y que si fue debidamente reincorporado al cargo de Inspector de Campo adscrito a la Dirección de Catastro de la Alcaldía de Girardot. Y una vez que conste en autos dicha información por parte del querellante, este Tribunal procederá al cierre definitivo del presente expediente y su posterior remisión al archivo Judicial Regional del Estado Aragua. Cúmplase. Líbrese oficio de Notificación.
LA JUEZ SUPERIOR ESTADAL,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
LA SECRETARIA.
ABOG. SLEIDYN REYES.



Exp. DE01-G-2001-000068.
Nº Anterior: 5.526.
MGS/SR/gavs.