REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, Dieciséis (16) de Junio del año dos mil Catorce 2.014.
204° y 155°

Vista la anterior diligencia suscrita por la Profesional del derecho Abogada Kelys Alcala Key, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 40.192, en su carácter de apoderada Judicial de la parte recurrente según consta en poder Apud Acta presentado en la secretaria de este Juzgado Superior en fecha 10 de diciembre de 2010, se da por notificada del auto dictado por este juzgado superior en fecha 06 de junio de 2014, donde se le insta a “INFORMAR a este Tribunal Superior, si efectivamente recibió el mencionado cheque de Gerencia girado a su favor, esto es, el pago de salario dejados de percibir desde el mes de Noviembre del año Dos Mil once (2.011), hasta el veinticinco (25) del mes de octubre de año Dos Mil Doce (2012) y que si fue debidamente reincorporado al cargo de Coordinador I, de la Dirección de Vivienda de dicha Alcaldía”. (Subrayado de este juzgado superior). La cual manifestó que si recibió el cheque consignado de manos de la administración y solicito devolución de los documentos originales que cursan en el presente expediente el cual se proveerá por auto separado. Este Tribunal, revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente judicial se evidencia que el mismo pasó por todas sus etapas procesales siendo el mismo sentenciado y ejecutado. Ahora bien por cuanto se observa que efectivamente el ente querellado cumplió tanto con la reincorporación, así como, con el pago de los salarios dejados de percibir del ciudadano: Cesar Alberto Martínez Camacho, titular de la cédula de identidad NV- 9.679.812, parte querellante y por cuanto la presente causa no amerita ninguna actuación procesal, se ordena el cierre del expediente, así como la remisión en la oportunidad correspondiente al Archivo Regional Central del Estado Aragua. Cúmplase.-

LA JUEZA SUPERIOR ESTADAL,

DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.


LA SECRETARIA
ABG. SLEYDIN REYES
ASINTO Nº DE01-G-2009-000022.-
Antiguo 9553.-
MGS/SR/IR.-