REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, Diecisiete (17) de Junio del año dos mil catorce (2.014).
204° y 155°
Vista la diligencia estampada en fecha 13 de junio de 2014 por la ciudadana Carmen Astrid González Osío, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nro. 124.366, actuando en ese acto en su condición de apoderado judicial de la parte demandada en la presente causa, diligencia mediante la cual expone lo siguiente: “Omissis…Vista la sentencia de fecha 09 de junio de 2014, que cursa en el expediente DP02-G-2013-000052 APELO de dicha decisión de conformidad con lo previsto en el articulo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo…” En virtud de lo solicitado, este Juzgado Superior pasa a revisar las actuaciones procesales que conforman la presente causa, evidenciando que efectivamente en fecha 09 de Junio de 2014 se dictó sentencia definitiva mediante la cual se declaró Parcialmente con Lugar el presente recurso contencioso administrativo por Abstención o Carencia. Ordenándose librar la notificación correspondiente al ciudadano Procurador General de la Republica Bolivariana de Venezuela, en acatamiento a lo previsto en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica. Comprobándose de igual manera que dicha notificación no ha sido debidamente practicada, razón por la cual este Órgano Jurisdiccional siendo garante de los principios del Debido Proceso y el Derecho a la Defensa consagrados en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, le establece a la parte diligenciante que se pronunciara en cuanto a la apelación formulada, una vez conste en autos la notificación debidamente practicada al ciudadano Procurador General de la Republica Bolivariana de Venezuela. Cúmplase.
LA JUEZ TITULAR SUPERIOR

DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.

LA SECRETARIA,
ABG. SLEYDIN REYES


MGS/SR/DB
Exp. Nº DP02-G-2013-000052.-