REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, Veinte (20) de Junio de 2014
204° y 155°
Visto el contenido del Acta de la Audiencia de Juicio celebrada en fecha 19 de Junio de 2014, oportunidad en la cual las partes comparecientes trataron distintas situaciones estrechamente relacionadas en con la presente causa seguida por la ciudadana Francys Ramona Herrera De Andrade, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 10.344.805, contra el Municipio Zamora del Estado Aragua; motivo por el cual éste Juzgado Superior Estadal estimó la conveniencia de suspender el referido acto, acordando librar nuevas notificaciones, tanto al Consejo Comunal “Fundacional Sanabria Méndez”, y como a los Terceros Interesados, quienes fueron identificadas como las ciudadanas Sugma Elena Herrara De Luna, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 12.738.028, Gindira Del Valle Montevideo, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 15.196.671, y Mónica Griselda Montevideo, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 8.823.276; a fin de que comparezcan a la Audiencia de Resolución de Controversia, la cual será celebrada a las 02:00 pm, el segundo (2do) día de despacho siguiente a la fecha en que conste en autos la practica de la última de las notificaciones. Se destaca la importancia que adquiere dentro de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la presencia de aquellos sujetos procesales personas denominadas por la Ley como terceros interesados, así como de las comunidades organizadas, por cuanto estos tiene la posibilidad de intervenir en el procedimiento, exponer alegatos e incluso hacer valer medios de prueba, lo cual permite esclarecer los hechos controvertidos y en la mayoría de los casos emitir una decisión que les favorezca; en el caso concreto podrán hacer valer sus intereses frente a las gestiones que ha venido realizando el Municipio Zamora en los terrenos de origen ejidal donde tales personas tienen construidas ciertas bienehechurías donde habitan; acto que se fijó de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo establecido en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; siendo así se ordena librar las respectivas boletas de notificación. Esto todo. Cúmplase.
LA JUEZA SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. SLEYDIN REYES
Exp. DP02-G-2013-000098
MGS/SR/JH