REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, veinticinco (25) de junio del 2014.
204° y 155°
Visto el escrito presentado en fecha 20 de junio del 2014, por la Abogada OLGA PÉREZ GERIG, Inscrita en el Inpreabogado bajo el número 108.015, en su carácter de Apoderada Judicial de la Universidad Pedagógica experimental Libertador (UPEL), contentivo de la ratificación de la incidencia; visto asimismo el auto dictado por este Juzgado en fecha 20 de junio del 2014, mediante el cual apertura el lapso probatorio en la incidencia; este Tribunal, por cuanto de la revisión de las actas procesales, observa que el escrito como el auto dictado por este Juzgado, están referido a la Incidencia planteada por la Representación de la UPEL en la Audiencia de Juicio; y en virtud de que los mismo fue agregado por error involuntario en la pieza principal, y siendo que correspondían ser agregados en el Cuaderno de Incidenci, este Tribunal Superior, en consecuencia, ordena el desglose por Secretaría del escrito contentivo de la Ratificación de la Incidencia, así como del auto de fecha 20 de junio del 2014, para que sea agregado al Cuaderno de Incidencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.
EL SECRETARIO,
ABOG. IRVING REYES.
En esta misma fecha se practico el desglose del escrito de Tacha Incidental.
EL SECRETARIO,
ABOG. IRVING REYES.
Exp. No. DP02-G-2013-000014
MGS/IR/mr