REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Tribunal Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua
Maracay, 3 de Junio de 2014
204º y 155 º

ASUNTO PRINCIPAL : DP02-G-2014-000123
ASUNTO : DE01-X-2014-000016

Por cuanto, en la sentencia Interlocutoria de fecha 02 de Junio de 2014, en la cual se admitió en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el ciudadano SANTOS RAMON MONCADA GUERRERO, debidamente asistido por los Abogados José Araujo Franco y Wilfredo Dávila, contra el Municipio Girardot del Estado Aragua; éste Juzgado Superior Estadal en cual ordenó la tramitación de la Medida Cautelar Inopinadada solicitada, a tenor de lo establecido en el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, en cumplimiento a la referida Admisión. Se apertura el presente cuaderno separado de Medida que correrá inserto copias certificadas de la Admisión. Expídanse, certifíquense y agréguense a los autos las copias certificadas de las actuaciones antes mencionadas. CUMPLASE.
LA JUEZ SUPERIOR ESTADAL,

DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.

LA SECRETARIA,

ABOG. SLEYDIN REYES.



Asunto DE01-X-2014-000016
ASUNTO PRINCIPAL DP02-G-2013-000123
MGS/ cejor