REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO
Maturín, 09 de Junio de 2014.
203º y 155º
Visto el oficio Nº 00000746, emanado de la Oficina Regional Centro Oriental de la Procuraduría General de la República y de conformidad con lo establecido en el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y por cuanto se evidencia que la misma fue notificada, el 08 de Mayo de 2014, tal como se evidencia al folio seis (06) de la segunda pieza, del presente expediente; por una parte y por la otra, se evidencia que se encuentran vencidos los lapsos establecidos en el auto que riela al folio trescientos ochenta y dos (382), de la primera pieza, del 07 de Marzo de 2014; es por lo que se suspende la presente causa por un lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir del día siguiente al presente auto.
El Juez,
LEONARDO JIMÉNEZ MALDONADO.
La Secretaria,
MARIA LUISA VELANDIA
Exp. Nº 0101-2013.
LJM/mlv/ar.-