REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
SOLICITANTE: ANA MARIA DEL CORRAL DELGADO.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
EXPEDIENTE N° 228-14
Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano PEDRO DANIEL CEGARRA R., abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 48.999, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA MARIA DEL CORRAL DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-24.171.736 y de este domicilio, quien solicitó por ante este Tribunal la Rectificación de la Partida de Nacimiento de su representada, al respecto, este Despacho observa:
La mencionada Partida corre inserta en los Libros de Nacimientos llevado por la Jefatura Civil de la Parroquia Joaquín Crespo, Municipio Girardot del Estado Aragua, la cual quedó anotada bajo el N° 518, Tomo 2A, del año 1995. El error denunciado consiste que al asentar el Acta de Nacimiento de su representada, se incurrió en el nombre de su padre, en el cual se asentó: “ALBERTO OSCAR DEL CORRAL GARCIA ARRESE”, siendo lo correcto “ALBERTO OSCAR MARTIN DEL CORRAL GARCIA ARRESE”.
Para efecto probatorio el solicitante consignó los siguientes recaudos:
1. Original de Poder Notariado. (folio 5 al 8).
2. Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana ANA MARIA DEL CORRAL DELGADO, expedida por el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua. (folio 9 al 13).
3. Copia fotostática simple de la corrección ordenada por el SAIME, de fecha 01 de Agosto de 2013. (folio 14).
4. Copia fotostática de la cédula de identidad del ciudadano ALBERTO OSCAR MARTIN DEL CORRAL GARCIA ARRESE. (folio 15).
Ahora bien, probado como ha sido lo alegado, y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Acta, este Tribunal de conformidad con lo establecido en los Artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud, y ordena en forma sumaria la Rectificación de la Partida de Nacimiento de la ciudadana ANA MARIA DEL CORRAL DELGADO, por lo que donde dice: “ALBERTO OSCAR DEL CORRAL GARCIA ARRESE” debe decir: “ALBERTO OSCAR MARTIN DEL CORRAL GARCIA ARRESE”. Asimismo, se ordena oficiar al Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua y al Registrador Principal del Estado Aragua, a fin de que estampen la debida nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento de la ciudadana ANA MARIA DEL CORRAL DELGADO, y así se decide.
Expídanse por Secretaría las copias certificadas de la solicitud y de la sentencia que fueren menester al interesado y remítanse con oficio a los organismos correspondientes.
Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los catorce (14) días del mes de Junio de dos mil catorce (2014). Años: 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
La Juez,
Abg. Mary Fernández Paredes.
La Secretaria Temporal,
Abg. Vanessa Andreina León.
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión.
La Secretaria Temporal,
MFP/VAL/Liz
Exp. Nº 228-14
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