REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSE ANGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIALDEL ESTADO ARAGUA

Cagua, 04 de Junio de 2014.
203º y 154º

Vista la anterior solicitud formulada por la ciudadana MARIA BAUTISTA JORDAN, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V- 9.432.347, de este domicilio; y las declaraciones rendidas por las ciudadanas YOHANNA BEATRIZ YBARRA BEDOYA y YUBARY CECILIA GONZALEZ BRACHO venezolanas, mayores de edad, Titulares de la Cedula de Identidad V-16.849.200 y V-19.418.775, respectivamente; asimismo por recibido y visto el oficio N° OCAT-171/14 emanado de la Dirección de Catastro de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Sucre, de fecha 02 de Junio de 2014, mediante el cual se informa a este Tribunal que se emitirá CONSTANCIA DE EMPADRONAMIENTO a los que fueren dueños solo de bienhechurias tal como es el caso en terrenos Municipales, Estadales, Nacionales. En consecuencia este Tribunal dejando a salvo los derechos de Terceros declara de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil dichas pruebas suficientes, para asegurar a la ciudadana MARIA BAUTISTA JORDAN, antes identificada, su condición de constructora y poseedora de las bienhechurías y sus mejoras realizadas sobre un terreno de propiedad municipal, ubicado en el Sector Santa Eduviges, distinguida con el N° 139, 151-07-06, identificada con el N° catastral 051301510706, dicho terreno posee una superficie total de CIENTO CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECIMETROS (142,50Mts2), con un área de construcción ciento dos metros cuadrados con cinco decímetros (102,05Mts2) y esta alinderada de la siguiente manera: NORTE: En nueve con cincuenta metros (9,50Mts) con la calle 04 Ezequiel Zamora; SUR: En nueve con cincuenta metros (9,50Mts) con parcela N° 138, 151-07-07; ESTE: En quince metros (15Mts) con Urbanización Antonio José de Sucre; y OESTE: En quince metros (15Mts) con parcela 100, 151-07-05. Devuélvase original con sus resultas, déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal, y expídanse las que soliciten los interesados.
LA JUEZ,

ABG. BARBARA ANGULO MORENO.(FDO Y SELLO)

LA SECRETARIA.

ABG. JAZMIN GONZALEZ. (FDO)
Sol. 012-14
BAM/jbgm/yapm.-