REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOTILLO y URACOA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
ESTADO MONAGAS
Barrancas del Orinoco 05 Junio 2.014
204 y 155°
Con la finalidad de dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, queda establecido que en el presente procedimiento de Homologación Obligación de Manutención, intervienen las siguientes personas como partes .-
DEMANDANTE: MARIANNYS DEL CARMEN RAMOS REINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.656.152, con domicilio en la Urbanización Inavi II, vereda Nº 13, casa Nº 12, en la población de Temblador, Municipio Libertador, estado Monagas; actuando en nombre propio y representación de sus menores hijos.- -------------------------
DEMANDADO: RUBEN JOSÉ GOITIA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.080.763, en la Urbanización Inavi II, calle Nº 10, casa Nº 03 en la población de Temblador, Municipio Libertador, estado Monagas .- ----------------------
ABOGADO ASISTENTE: EVA DÍAZ REINA, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 81.585.-
MOTIVO: HOMOLOGACIÓN OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
EXPEDIENTE N° 001089
NARRATIVA
Se inició el presente juicio mediante libelo de demanda presentada en fecha 14 Enero 2.014, (folio 03), en la sala de despacho de éste Juzgado por parte de la demandante MARIANNYS DEL CARMEN RAMOS REINA, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.656.152,
En fecha 30 Enero 2.014 se admite la demanda en cuestión y se elaboran las respectivas, boletas de notificación y citación de las partes intervinientes en ésta causa signada con el Nº 001089, que corre inserto en nuestro archivo, de la nomenclatura interna.-
En fecha veinticuatro (24) de Febrero 2.014 corre inserto en el folio siete (07) del expediente; el ciudadano Alguacil de éste Juzgado consigna mediante diligencia Boleta de Notificación debidamente firmada por la Fiscal del Ministerio Público competente .- --------------------------
En fecha 30 Abril 2.014 consta en los folios ocho (08) al sesenta y ocho (68), ambos inclusive; información detallada por parte de la empresa PETROLERA SINOVENSA donde labora el demandado en autos.-
En fecha veintiocho 28 Mayo 2.014 consta en autos escrito por parte del ciudadano Rubén José Gotilla Castillo, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.080.763 en el cual otorga Poder Apud-Acta.-
En fecha tres (03) Junio 2.014 los ciudadanos MARIANNYS DEL CARMEN RAMOS REINA, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.656.152 y RUBEN JOSÉ GOITIA CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.080.763, acuden ante las instalaciones del Juzgado de la causa y mediante acuerdo entre ambos convienen en lo establecido en el acta suscrita .-
M O T I V A:
Por cuanto en el presente expediente las partes que intervienen en éste litigio han celebrado un CONVENIMIENTO en beneficio de sus menores hijos (identidades omitidas de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes); mediante un Acta de fecha suscrita, en fecha 03 Junio 2.014; de modo que éste Juzgado acuerda impartir la HOMOLOGACIÓN del mismo dándole toda la fuerza de Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil .- -----------------------------------------
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestas en éste expediente signado con el Nº 001089, éste Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.- “Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley” acuerda: La HOMOLOGACION del mismo dándole toda la fuerza de ley; donde los ciudadanos MARIANNYS DEL CARMEN RAMOS REINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.656.152, con domicilio en la Urbanización Inavi II, vereda Nº 13, casa Nº 12, en la población de Temblador, Municipio Libertador, estado Monagas; actuando en nombre propio y representación de sus menores hijos y RUBEN JOSÉ GOITIA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.080.763, domiciliado en la Urbanización Inavi II, calle Nº 10, casa Nº 03 en la población de Temblador, Municipio Libertador, estado Monagas .- ----------------------
PUBLIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA EN EL COPIADOR DE SENTENCIA .- CUMPLACE.-
En Barrancas del Orinoco, (05) días del mes de Junio del año 2.014.- AÑOS: 204° de la independencia y 155° de la Federación.-
El Juez,
Abg. Francisco Antonio Natera Castillo
La Secretaria
Abg., Yaneth Josefina Natera Sánchez
En esta misma fecha, siendo las 11:30 horas de la mañana, se registró y publicó la anterior sentencia.- Conste.-
La Secretaria,
Abg., Yaneth Josefina Natera Sánchez
FANC/ Pachico
Exp. N° 001089
|