JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, SIETE DE MARZO DEL DOS MIL CATORCE.
203º y 155º
Vista la anterior diligencia suscrita por la abogada en ejercicio ARMINTA LOPEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 85.850, de este domicilio, con el carácter que tiene acreditado en autos, donde solicita se designe defensor judicial a la parte demandada. Este Tribunal luego de hacer un recorrido procesal por las actas que conforman la presente causa, observa que no se ha cumplido cabalmente con las formalidades establecidas en el Articulo 223 del código de Procedimiento Civil, el cual establece: ….(…). En este caso el Juez dispondrá que el Secretario fije en la morada, oficina o negocio del demandado un Cartel emplazándolo para que ocurra a darse por citado en el término de quince días, (…). Es por lo anteriormente expresado que este Tribunal Niega lo solicitado.
DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
EL JUEZ
LA SECRETARIA ACC.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.- Conste.-
LA STRIA.,
EXP. 32.968
AJLT/ Eleczo.
|