REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, siete (07) de marzo de 2014.- Años 203 y 155

Vista la diligencia de fecha 06.03.2014, suscrita por VICENTA LOPEZ y ALVARO DANIEL GARRIDO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 6022 y 29.793, respectivamente, actuando en sus caracteres de parte demandada y actora, respectivamente, mediante la cual solicita la suspensión del presente proceso por un lapso de diez (10) días de despacho, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, ordena suspender el curso del proceso por un lapso de DIEZ (10) DÍAS DE DESPACHO SIGUIENTES AL PRESENTE AUTO, todo ello conforme a lo establecido en el segundo aparte del artículo 202 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes
La Secretaria Temporal,

Abg. María Elvira Reis.

Exp NºAP71-R-2014-000208
VJGJ/MER/edward.-