REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Año 203° y 154°
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2013-001680


En el día hábil de hoy JUEVES 20 DE MARZO DE 2014, siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente asunto que por Enfermedad Ocupacional incoara el ciudadano ALCIDES GUILLERMO GARCIA, titular de la cedula de identidad N° 5.857.768, contra la sociedad mercantil CORPORACION VENEZOLANA DE TELEVISION, C.A. (VENEVISION), anunciado como ha sido el acto en la Sala de Espera de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución, se deja constancia de la comparecencia del abogado LUIS DARIO VELASQUEZ BORDEN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 137.191, en su carácter de apoderado judicial de la demandada. Asimismo se deja constancia de la incomparecencia a este acto de la parte actora, ciudadano ALCIDES GUILLERMO GARCIA, titular de la cedula de identidad N° 5.857.768, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que una vez transcurridos quince (15) minutos, este Juzgado Cuadragésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, pasa a dictar en forma oral el dispositivo del fallo, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declarando DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Asimismo se efectúa la devolución del escrito de promoción de pruebas y sus respectivos anexos presentado por la parte demandada al inicio de la audiencia preliminar, las cuales son recibidas en este acto. Se ordena al secretario del Tribunal expedir una copia certificada de la presente acta de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO

LUIS DARIO VELASQUEZ BORDEN
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

RAFAEL FLORES
EL SECRETARIO