REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES
DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
(203° y 154°)

Maracay, trece (13) de marzo del año 2014

EXP.- JSAAC- 2011-0158

Vista la diligencia presentada por el ciudadano José Rafael Cobos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.203.903, asistido por la abogada Rita Andreina Cabañas Guevara, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 126.993, mediante la cual solicita me aboque al conocimiento de la presente causa y fije el día para la realización de la Audiencia Oral de Informes; ahora bien, en fecha veintidós (22) de enero del 2013, me reincorpore a las actividades del Tribunal luego del disfrute legal de mi periodo vacacional, es por lo que ME ABOCO al conocimiento de la presente causa, así mismo se acuerda notificar a las partes y una vez conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, comenzará a computarse un lapso de diez (10) días continuos de acuerdo al criterio fijado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con Ponencia del Magistrado Antonio García García, Exp. N° 00-1435, de fecha 1 de febrero de 2001, igualmente se concede el lapso de tres (03) días de despacho a fin de que puedan recusar o no a quien suscribe, todo ello de conformidad con los artículos 14 y 90 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia este Tribunal acuerda fijar para el tercer (3er) día de despacho siguiente a las diez de la mañana (10:00 a.m.), la realización de la Audiencia Oral de Informes, todo ello de conformidad con el artículo 173 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, para la práctica de la notificación de la Procuraduría General de la República de Venezuela y del Instituto Nacional de Tierras, se exhorta al Juzgado Superior Primero Agrario de las Circunscripciones Judiciales del Área Metropolitana de Caracas, Miranda y Vargas. Cúmplase
EL JUEZ

ABG. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS
EL SECRETARIO

ABG. LUÍS ABREU GUERRERO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se librados las notificaciones correspondientes
EL SECRETARIO

ABG. LUÍS ABREU GUERRERO
HBC/lag/la
EXP. - JSAAC- 2011-0158