REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES
DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
(203° y 154°)

Maracay, veinticuatro (24) de marzo del año 2014

EXP.- JSAAC- 2013-0280

De la revisión exhaustivas de las actas que conforman el presente expediente, se pudo evidenciar que en fecha trece (13) de agosto del año 2013, este Juzgado Superior Agrario decretó Medida Autónoma Especial Agraria de Protección a la Seguridad y Soberanía Agroalimentaria y en la misma se ordenó notificar a un grupo de personas vinculadas a la presente causa, entre ellas al ciudadano Enmanuel Delgado Aranguren, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.489.557. Ahora bien, visto que a la presente fecha no se ha librado notificación alguna; este Tribunal Superior Agrario ordena librar la boleta al ciudadano ut supra mencionado a fin de que tenga conocimiento de la presente medida y una vez notificado ejerza los recursos o no que considera pertinentes. Cúmplase
EL JUEZ

Abg. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS
EL SECRETARIO ACCIDENTAL

ABG. DANIEL SUAREZ SERRANO

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libro la notificación correspondiente.

EL SECRETARIO ACCIDENTAL

ABG. DANIEL SUAREZ SERRANO




EXP. - JSAAC- 2013-0280
HBC/dss/jb