REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES
DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
(203° y 154°)

Maracay, seis (06) de marzo del año 2014

EXP.- JSAAC- 2014-0307

Con vista al oficio Nº 0355 de fecha veinticinco (25) de febrero del año 2014, procedente de la Dirección Estadal del Poder Popular para el Ambiente-Aragua, el cual contiene informe técnico realizado por la unidad de Vigilancia y Control de dicha institución, en el mismo exponen, que se han presentando una serie de irregularidades tales como la destrucción de vegetación autóctona, quema, eliminación de restos vegetales, tala selectiva de árboles entre otros, en el sector denominado como Parcela Nº 05, ubicado en el sector Campo Alegre, Carretera Nacional Villa de Cura-San Juan de los Morros, jurisdicción del Municipio Ezequiel Zamora del estado Aragua. Igualmente determinaron que estos terrenos se encuentran enmarcados en el Plan de Ordenación del Territorio del estado Aragua (POTEA) establecido mediante Decreto Nº 975, publicado en la gaceta Extraordinaria del estado Aragua Nº 610 de fecha 21 de noviembre del año 1997, dentro de la Categoría de Preservación Media recomendada para la Agricultura Intensiva con Riego Complementario. De allí que, este Juzgado ordena abrir el presente expediente y se anote en los libros respectivos. Cúmplase
EL JUEZ

Abg. HECTOR BENTEZ CAÑAS
EL SECRETARIO

Abg. LUIS ABREU GUERRERO

Se cumplió con lo ordenado, quedando anotado bajo el Nº 2014-0307.

EL SECRETARIO

Abg. LUIS ABREU GUERRERO

EXP. - JSAAC- 2014-0307
HBC/lag/jb