REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 26 de Marzo de 2014
203º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2013-000786
ASUNTO : NP01-S-2013-000786


Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en cuanto a la solicitud interpuesta por el ciudadano Abogado ELEAZAR LEON, en su carácter de Defensor Privado del Acusado LUÍS EDUARDO ZABALA SIMOSA, titular de la cédula de identidad N° V- 13.655.201, mediante lo cual solicita se sirva oficiar con carácter de urgencia al Hospital “Dr. Manuel Núñez Tovar”, de esta ciudad de Maturín estado Monagas, con la finalidad que se realice evaluación médica a mi representado, en el área de Neumonologia en virtud que el mismo presenta dificultad para respirar, dolor toráxico, tos seca, y constante fiebre. Ahora bien, una vez valuado en su integridad el escrito contentivo de las razones de hecho en cual se fundamenta la Defensora Pública Especializada para formular tal petición, en tal sentido es deber indeclinable del estado proteger la vida de las personas que se encuentran privadas de libertad, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 83 Ejusdem la salud es un derecho social fundamental y el Estado debe garantizarla como parte del derecho a la vida. Por todas las razones de derecho antes expuesta este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER en aras de garantizar el Derecho Constitucional a la Salud previsto en el articulo 83 de nuestra Carta Magna Acuerda: el traslado del acusado LUÍS EDUARDO ZABALA SIMOSA, titular de la cédula de identidad N° V- 13.655.201, hasta el Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar” a los fines de que sea atendido y se le practique Evaluación Medica Integral Médico o Médica Especialista en Neumonologia; asimismo se ordena oficiar al Médico o Médica de del Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar” una vez practicado dicho examen Medico remita las resultas a la brevedad posible a este Tribunal. Hágase lo Conducente. Cúmplase.
La Jueza Primera de Juicio,
Abga. Dulce Lobatón B.

La Secretaria del Tribunal
Abga. Grecia Leal Coa.