REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO VIGESIMO OCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Se refiere la presente solicitud, presentada por la ciudadana SOCORRO PESTANO DE PEREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V- 2.123.520, debidamente representada por la Abogada MARIA MIRIAM MENA inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 122.228 a que se le declare como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De Cujus, JESUS RAFAEL PESTANO ALBERTO, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 2.123.517, fallecido Ab-intestato el día veintiocho (28) de diciembre de 2013, en el Hospital José Gregorio Hernández del Distrito Capital, según acta de Defunción N° 1141 emanada de la Oficina Subalterna De Registro Civil de La Parroquia San José del Municipio Libertador de Distrito Capital ,de fecha 29 de Diciembre de 2013.
De igual forma se oyeron las deposiciones de los ciudadanos JOSE ENRIQUE BETANCOURT CISNEROS y EDUARDO ANTONIO ZAPATA LEON, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nros. V- 12.357.771 y V- 2.066.695, respectivamente, quienes afirmaron haber conocido de vista trato y comunicación al De Cujus JESUS RAFAEL PESTANO ALBERTO, asimismo afirmaron que el De Cujus JESUS RAFAEL PESTANO ALBERTO falleció el 28 de diciembre del 2013 debido a una infección intestinal, y que el De Cujus, dejo como única heredera a su hermana ciudadana SOCORRO PESTANO DE PEREZ.
Concatenando la Probanzas acompañadas por los solicitantes como son Acta de Defunción y Partidas de Nacimiento, acompañando todo lo antes descrito con los dichos de los testigos concordantes entre sí, resulta forzoso para este Tribunal concluir a tenor de lo dispuesto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, que la ciudadana SOCORRO PESTANO DE PEREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V- 2.123.520, es la UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De Cujus, ciudadano JESUS RAFAEL PESTANO ALBERTO, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 2.123.517, , fallecido Ab-intestato el día veintiocho (28) de diciembre de 2013, en el Hospital José Gregorio Hernández del Distrito Capital, según acta de Defunción N° 1141 emanada de la Oficina Subalterna De Registro Civil de La Parroquia San José del Municipio Libertador de Distrito Capital ,de fecha 29 de Diciembre de 2013.
A tenor de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos que pudieran tener los terceros.
CÓPIESE, REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los dieciocho (18) días del mes de marzo de 2014.

EL JUEZ TITULAR,

ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA
LA SECRTETARIA,

ABG. ROSA VIRGINIA VILLAMIZAR


En esta misma fecha se registró y publico la anterior decisión, siendo las 10:00 A.M.
LA SECRETARIA
SOLICITUD Nº AP31-S-2014-001393