REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, cinco de marzo de dos mil catorce
203º y 155º
ASUNTO: DP11-L-2013-001045
PARTE ACTORA: ciudadano ANGEL JOSE SALAZAR CALANCHE, cédula de identidad número V-9.666.260.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: RAFAEL MEDINA BRICEÑO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 94.048.
PARTE DEMANDADA: TRASNPORTE JOSE CAMPOS C.A
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: no consta en autos.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones sociales y otros conceptos.
En el día hábil de hoy miércoles, en la fecha arriba señalada, siendo las 9:30 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, esta rectora hace constar que no se presento la parte actora ciudadano ANGEL JOSE SALAZAR CALANCHE Cédula de identidad número V-9.666.260, ni por si ni por medio de apoderado judicial.
Al respecto, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece en el artículo 130, parágrafo primero:
“El desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa días continuos”
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