REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal TERCERO Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas
Maturín, 9 de Mayo de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2013-016039
ASUNTO : NP01-P-2013-016039
IDENTIFICACION DE LAS PARTES
ORLANDO JOSÉ SILVA ROJAS, titular de la Cedula de Identidad N° V- 16.373.374, Venezolano, de 35 años de edad, Estado Civil: Soltero, hijo de: NATIVIDAD ROJAS (V) ORLANDO SILVA (V), de profesión u oficio: Operador de Equipo de Control de Sólidos, natural de Barrancas del Orinoco, Estado Monagas, nacido en fecha 10/03/1978, domiciliado en: TEMBLADOR, CALLE SUCRE, SECTOR SANTA INES, CASA N° 19. TELEFONO: 04249082531
DEFENSOR PÚBLICO PRIVADO: ABG. WILLIANS GIL/ABG. DELFIN DIAZ
FISCAL NOVENA DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG LERIDA RODRIGUEZ
SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA.
Esta Juzgadora de Primera Instancia en Funciones de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, procede a publicar la sentencia definitiva, visto la verificación de condiciones impuestas en fecha 05 de GOSTO de 2012 en la AUDIENCIA DE PRESENTACION DE IMPUTADOS al imputado: ORLANDO JOSE SILV AROJAS, por el delito de por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 416 en perjuicio de un Adolescente cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de La Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente, en la cual se ACUERDO el PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA DELITOS MENOS GRAVES de conformidad con lo establecido en el articulo 354 del Código Orgánico Procesal Penal y LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, por el LAPSO DE CINCO (05) MESES con las siguientes condiciones: 1.-Presentarse cada Cuarenta y Cinco (45) días ante la oficina del Departamento de Alguacilazgo.- 2) La prohibición de Acercarse a la Victima. 3.-) DONAR SETECIENTOS (700) BSF EN MEDICINAS EN MATERIAL MEDICO QUIRURGICO AL HOSPITAL TIPO UNO DE TEMBLADOR, Ubicado en TEMBLADOR, Avenida Principal, Municipio Libertador, Estado Monagas, por CINCO (05) MESES, toda vez que En fecha 10 de Marzo de 2014 en la AUDIENCIA ESPECIAL se verifico las condiciones en la que se evidencio su cumplimiento efectivo de cada una de estas; En razón de lo antes expuesto este Tribunal considera:
Visto que el imputado ORLANDO JOSÉ SILVA ROJAS, titular de la Cedula de Identidad N° V- 16.373.374, cumplió con las obligaciones impuestas por el Tribunal, tal como consta de actas procesales. En consecuencia, considera este Tribunal, que hasta la presente fecha ha finalizado el régimen de prueba impuesto, es decir de CINCO (05) MESES; Este Tribunal de conformidad con el artículo 361 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por extinción de la acción penal, por cumplimiento del plazo de suspensión condicional del proceso, de conformidad con el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, y consecuentemente Extinción de la Acción Penal, en relación con el artículo 49.7 ejusdem, decretando, por consiguiente, el cese de la medida impuesta. Así Como la actualización de los Registros Policiales correspondientes al presente proceso, de conformidad con lo previsto en los artículos 20 y 28 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese oficio al órgano respectivo para su exclusión del sistema SIIPOL con copia certificada de la decisión de marras, se acuerdan las copias certificadas del imputado y la defensa Y ASI SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Con fu Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Monagas, Administrando Justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por extinción de la acción penal, por cumplimiento del plazo de suspensión condicional del proceso, de conformidad con el artículo 300.3 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 49.7 ejusdem, en virtud que se ha verificado, el cumplimiento del Beneficio de Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano: ORLANDO JOSÉ SILVA ROJAS, titular de la Cedula de Identidad N° V- 16.373.374, plenamente identificado en autos. SEGUNDO: Considera este Tribunal que ha sobrevenido de conformidad con el Artículo 361, 49 ordinal 7°, 300 ordinal 3° y 301 del Código Orgánico Procesal Penal se decreta el Sobreseimiento de la Causa, por el delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 416 en perjuicio de un Adolescente cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de La Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente.- TERCERO: En consecuencia este Tribunal Ordena el Cese de Cualquier Medida Cautelar que pese en su contra, todo de conformidad con el articulo 301 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Con respecto a los registros Policiales que puedan presentar el imputado ORLANDO JOSÉ SILVA ROJAS, de conformidad con el artículos 20 y 28 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela Bolivariana, se ordena librar oficio a el Cuerpo de Investigaciones Penales Científicas Y Criminalisticas a los fines de que sea desincorporado del sistema SIIPOL, remitiendo copia certificada de la presente decisión, y así actualizar los registros correspondientes al presente proceso. Asimismo se acuerdan las Copias Certificadas solicitadas por la Defensa Privada y el imputado. Notifíquese a las partes, regístrese, y déjese copia de la presente sentencia, cúmplase.-ASI SE DECIDE.-
LA JUEZA
ABG DAISY MILLAN ZABALA
LA SECRETARIA
ABG.-