REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas
Maturín, 14 de Mayo de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2014-001531
ASUNTO : NP01-P-2014-001531
RESOLUCIÓN N°: PJ0052014001077.
AUTO DE APERTURA A JUICIO:
(Art. 314 del Código Orgánico Procesal Penal)
I
Vista en audiencia preliminar, celebrada el día martes 13 de mayo de 2014 en la causa signada bajo el Nº NP01-P-2014-001531, seguida a los acusados YOSBERT GREGORIO HERNANDEZ SIERRA, titular de la cédula de identidad Nº 14.875.740, de nacionalidad venezolano, natural del Distrito Capital, de 35 años de edad, por haber nacido en fecha 24-04-1976, de estado civil Soltero, de oficio: Trabaja con la Milicia Hijo Belkys Sierra (V) y José Gregorio Hernández (v), y domiciliado CALLE LA PAZ CASA N° 16 ANTIMANO CARACAS DISTRITO CAPITAL, y SECTOR LOS IRANÍES BLOQUE 17 PISO 02, MATURIN ESTADO MONAGAS. Teléfono: 0424-2174649, procede a ejercer la acción penal pública a través de la presentación de la acusación penal, en contra del acusado antes identificado, por la presunta comisión de los delitos de USURPACIÓN DE FUNCIONES Y USO INDEBIDO DE UNIFORME MILITAR Previstos y Sancionados en el Artículo 319 y 214 ambos Del Código Penal.
De conformidad a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, finalizada la audiencia preliminar, este Tribunal resolvió en los términos siguientes:
I
DE LOS HECHOS
Señala la Fiscal del Ministerio Público, en el escrito de acusación que los hechos que le atribuye al acusado YOSBERT GREGORIO HERNANDEZ SIERRA, titular de la cédula de identidad Nº 14.875.740, antes identificado, sucedieron en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que se señalan a continuación:
“El cual expone lo siguiente: “…El día 07 de febrero del año 2014, siendo aproximadamente las nueve (09:00) horas de la noche, me constituí en comisión de servicio en compañía del sargento primero Geiller Salazar y oficial agregado de la policía Municipal de Maturín José Butto, con destino al sector Brisas del Orinoco, con la finalidad de procesar información sobre presunta extorsión denunciada por el ciudadano Manuel Rojas García…; a quien presuntamente unos supuestos Guardias Nacionales pretendían extorsionarlo y denuncia formulada por el ciudadano Miguel Eduardo Zambrano…; cuando nos desplazábamos por la altura de la licorería Isabel, ubicada en la calle los Ñeros del Sector Brisas del Orinoco, observamos a un ciudadano quien portaba un uniforme Militar, por lo que procedimos a pedirle su identificación, manifestando este que era Sargento Mayor de Tercera de la Guardia Nacional y que estaba en comisión de servicio, seguidamente se le exigió nuevamente al ciudadano que nos mostrara su carnet Militar, cedula de identidad y su respectiva Boleta de comisión o de permiso, manifestando este que no tenia carnet, ni Boleta de comisión, ni de permiso, mostrándonos su cedula de identidad , resultando ser ROSBERT ANTONIO HERNANDEZ SIERRA, el mismo se encontraba vestido con uniforme Militar tipo patriota, con los distintivos del ejercito Bolivariano de Venezuela y con el distintivo de la Región de Defensa Integral (REDI central), al mismo se le retuvo un chaleco blindado de color Negro con el emblema de la F.A.N.B., igualmente al mismo se le incauto un porta credencial de color negro, una chapa con el emblema del Instituto Venezolano de los seguros sociales, una tarjeta de presentación a nombre de ROSBERT ANTONIO HERNANDEZ SIERRA, donde se identifica como Sargento Mayor de Tercera y coordinador de seguridad, con el logo del escudo de la Guardia Nacional Bolivariana y el a toda Vida Venezuela y dos Carnets del Instituto Venezolano de los seguros sociales a nombré de ROSBERT ANTONIO HERNANDEZ SIERRA, así mismo el ciudadano presento boletas de presentación ante el circuito judicial penal de la ciudad Capital, donde disfruta de una medida cautelar sustitutiva de libertad, otorgada por el tribunal 47 de control de la ciudad capital, por los delitos de extorsión, Usurpación de Funciones y Uso Indebido de Uniformes …”
En fecha 09 de Febrero de 2.014 se celebro la audiencia de presentación, en la cual la representante de este Tribunal Quinto en su oportunidad donde se les decreto medida privativa preventiva de la libertad al ciudadano imputado, por cuanto a consideración de la misma cumplía las exigencias de el articulo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, aunado al hecho que el Representante de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público así como la defensa técnica no ejercieron ningún recurso en cuanto a lo acordado por este Tribunales a la Medida Preventiva de la Libertad a los imputados, de conformidad con lo establecido en el artículo 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal y se acordó la prosecución de la presente investigación por la vía ordinaria.
Posteriormente en fecha 25 de Marzo de 2.014 se recibe acusación por parte del Ministerio Público, por los delitos de por la presunta comisión de los delitos de USURPACIÓN DE FUNCIONES Y USO INDEBIDO DE UNIFORME MILITAR Previstos y Sancionados en el Artículo 319 y 214 ambos Del Código Penal, solicitando sea admitida la acusación, y asimismo sean admitidas las pruebas.
II
DE LA ACUSACIÓN.
Se procede a verificar el cumplimiento de los requisitos procesales y formales para la presentación del escrito acusatorio, se observa que el Ministerio Publico inicio una investigación la cual concluyo con la presentación del acto conclusivo, y de la revisión del escrito acusatorio se observa que la acusación cumple con los requisitos formales previstos en el articulo 308 del Código Orgánico Procesal Penal. En cuanto al cumplimiento de lo previsto en el articulo 49 numeral 1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela por cuanto el imputado estaba en conocimiento de los delitos que se les imputaba, en consecuencia, vista la Acusación presentada por el Ministerio Público, en contra del al acusado YOSBERT GREGORIO HERNANDEZ SIERRA, titular de la cédula de identidad Nº 14.875.740, antes identificado, considera este tribunal que existen fundados elementos de convicción para presumir la participación de los antes referidos imputados en el hecho imputado por el Ministerio Público. Por cuanto considera que hay un indicio de presencia que se deriva del hecho, tal como se desprende del Acta de Investigación Penal, del El día 07 de febrero del año 2014, siendo aproximadamente las nueve (09:00) horas de la noche, me constituí en comisión de servicio en compañía del sargento primero Geiller Salazar y oficial agregado de la policía Municipal de Maturín José Butto, con destino al sector Brisas del Orinoco, con la finalidad de procesar información sobre presunta extorsión denunciada por el ciudadano Manuel Rojas García…; a quien presuntamente unos supuestos Guardias Nacionales pretendían extorsionarlo y denuncia formulada por el ciudadano Miguel Eduardo Zambrano…; cuando nos desplazábamos por la altura de la licorería Isabel, ubicada en la calle los Ñeros del Sector Brisas del Orinoco, observamos a un ciudadano quien portaba un uniforme Militar, por lo que procedimos a pedirle su identificación, manifestando este que era Sargento Mayor de Tercera de la Guardia Nacional y que estaba en comisión de servicio, seguidamente se le exigió nuevamente al ciudadano que nos mostrara su carnet Militar, cedula de identidad y su respectiva Boleta de comisión o de permiso, manifestando este que no tenia carnet, ni Boleta de comisión, ni de permiso, mostrándonos su cedula de identidad , resultando ser ROSBERT ANTONIO HERNANDEZ SIERRA, el mismo se encontraba vestido con uniforme Militar tipo patriota, con los distintivos del ejercito Bolivariano de Venezuela y con el distintivo de la Región de Defensa Integral (REDI central), al mismo se le retuvo un chaleco blindado de color Negro con el emblema de la F.A.N.B., igualmente al mismo se le incauto un porta credencial de color negro, una chapa con el emblema del Instituto Venezolano de los seguros sociales, una tarjeta de presentación a nombre de ROSBERT ANTONIO HERNANDEZ SIERRA, donde se identifica como Sargento Mayor de Tercera y coordinador de seguridad, con el logo del escudo de la Guardia Nacional Bolivariana y el a toda Vida Venezuela y dos Carnets del Instituto Venezolano de los seguros sociales a nombré de ROSBERT ANTONIO HERNANDEZ SIERRA, así mismo el ciudadano presento boletas de presentación ante el circuito judicial penal de la ciudad Capital, donde disfruta de una medida cautelar sustitutiva de libertad, otorgada por el tribunal 47 de control de la ciudad capital, por los delitos de extorsión, Usurpación de Funciones y Uso Indebido de Uniformes…”; es por lo que en Conclusión este Tribunal ADMITE LA ACUSACIÓN presentada por parte de la Fiscal Auxiliar Décimo en Comisión de Servicio en la Fiscalía Décima Tercera del Ministerio Público Abg. Jesús Requena, en contra del acusado YOSBERT GREGORIO HERNANDEZ SIERRA, titular de la cédula de identidad Nº 14.875.740, antes identificado, por los delitos de: USURPACIÓN DE FUNCIONES Y USO INDEBIDO DE UNIFORME MILITAR Previstos y Sancionados en el Artículo 319 y 214 ambos Del Código Penal.
II
DE LA CALIFICACIÓN JURÍDICA.
El Ministerio Público subsumió la conducta desplegada por del acusado YOSBERT GREGORIO HERNANDEZ SIERRA, titular de la cédula de identidad Nº 14.875.740, antes identificado, como TRAFICO DE MATERIALES ESTRATEGICO, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, la cual fue admitida por este Tribunal dado que se adecua perfectamente al tipo penal calificado por la vindicta pública, dado que de las actas se desprende que efectivamente se configuraron estos delitos dado los hechos que se señalan a continuación el día de hoy El día 07 de febrero del año 2014, siendo aproximadamente las nueve (09:00) horas de la noche, me constituí en comisión de servicio en compañía del sargento primero Geiller Salazar y oficial agregado de la policía Municipal de Maturín José Butto, con destino al sector Brisas del Orinoco, con la finalidad de procesar información sobre presunta extorsión denunciada por el ciudadano Manuel Rojas García…; a quien presuntamente unos supuestos Guardias Nacionales pretendían extorsionarlo y denuncia formulada por el ciudadano Miguel Eduardo Zambrano…; cuando nos desplazábamos por la altura de la licorería Isabel, ubicada en la calle los Ñeros del Sector Brisas del Orinoco, observamos a un ciudadano quien portaba un uniforme Militar, por lo que procedimos a pedirle su identificación, manifestando este que era Sargento Mayor de Tercera de la Guardia Nacional y que estaba en comisión de servicio, seguidamente se le exigió nuevamente al ciudadano que nos mostrara su carnet Militar, cedula de identidad y su respectiva Boleta de comisión o de permiso, manifestando este que no tenia carnet, ni Boleta de comisión, ni de permiso, mostrándonos su cedula de identidad , resultando ser ROSBERT ANTONIO HERNANDEZ SIERRA, el mismo se encontraba vestido con uniforme Militar tipo patriota, con los distintivos del ejercito Bolivariano de Venezuela y con el distintivo de la Región de Defensa Integral (REDI central), al mismo se le retuvo un chaleco blindado de color Negro con el emblema de la F.A.N.B., igualmente al mismo se le incauto un porta credencial de color negro, una chapa con el emblema del Instituto Venezolano de los seguros sociales, una tarjeta de presentación a nombre de ROSBERT ANTONIO HERNANDEZ SIERRA, donde se identifica como Sargento Mayor de Tercera y coordinador de seguridad, con el logo del escudo de la Guardia Nacional Bolivariana y el a toda Vida Venezuela y dos Carnets del Instituto Venezolano de los seguros sociales a nombré de ROSBERT ANTONIO HERNANDEZ SIERRA, así mismo el ciudadano presento boletas de presentación ante el circuito judicial penal de la ciudad Capital, donde disfruta de una medida cautelar sustitutiva de libertad, otorgada por el tribunal 47 de control de la ciudad capital, por los delitos de extorsión, Usurpación de Funciones y Uso Indebido de Uniformes…”
III
DE LAS PRUEBAS ADMITIDAS POR LA REPRESENTACIÓN
DEL MINISTERIO PÚBLICO.
SE ADMITEN TODAS LAS PRUEBAS PRESENTADAS POR LA REPRESENTACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO EXPLANADA EN EL REFERIDO ESCRITO ACUSATORIO inserta de los folios 13 al folio 16 de la primera pieza de la fase intermedia, de conformidad a lo establecido en los artículos 181, 182 y 183 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto se refieren directamente al objeto de la investigación, son consideradas por este Tribunal, lícitas, legales, útiles, necesarias y pertinentes para el descubrimiento de la verdad de los hechos imputados a los acusados antes identificado y han sido obtenidas por medios lícitos e incorporadas de conformidad a las disposiciones del Código Orgánico Procesal Penal.
IV
DE LA MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL
Se mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a del acusado YOSBERT GREGORIO HERNANDEZ SIERRA, titular de la cédula de identidad Nº 14.875.740, antes identificado, antes identificado, como USURPACIÓN DE FUNCIONES Y USO INDEBIDO DE UNIFORME MILITAR Previstos y Sancionados en el Artículo 319 y 214 ambos Del Código Penal, decretada en la Audiencia de Presentación.
V
DE LA APERTURA A LA FASE DE JUICIO
ORAL Y PÚBLICO
En virtud que este Tribunal considera que existen elementos suficientes para fundar la acusación interpuesta por el Ministerio Público, ordena abrir el Juicio Oral y Público, se ordenará el emplazamiento de las partes para que en el plazo común de 5 días contados a partir de la remisión de las actuaciones, concurran por ante el Tribunal de Juicio correspondiente de este mismo Circuito y Circunscripción Judicial que conocerá del presente proceso. Así se decide. Cúmplase. Líbrese lo conducente.
LA JUEZA QUINTA DE CONTROL
DRA. ROSYMAR PÉREZ CABRERA
LA SECRETARIA DE SALA,
ABOG. DIANA TCHELEBI
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA DE SALA,
ABOG. DIANA TCHELEBI