REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 9 de Mayo de 2014
204º y 155º


ASUNTO PRINCIPAL : NX01-P-2013-000003
ASUNTO : NX01-P-2013-000003
JUEZ DE EJECUCION: ABG. LILIAM LARA ANDARCIA
SECRETARIA; ABG. MARIA VASQUEZ
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA,
DELITO: POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y
PSICOTROPICAS
RESOLUCIÓN: SE REVISA Y SE MANTIENE LA MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTA


De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y el Adolescente, este Tribunal procede a efectuar la Revisión de la Medida que fue impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, quien fue sancionado a cumplir la sanción de UN (01) AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Articulo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de la colectividad. Este Tribunal para a revisar la Medida en los siguientes Términos:

En fecha 04 de Julio de 2013 se ORDENO LA EJECUCIÓN DE LA SANCIÓN impuesta al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, siendo impuesto en fecha 08/11/2013.

En fecha 07/01/2014 Se REVISA Y MANTIENE la medida de REGLAS DE CONDUCTA impuesta al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, por el lapso de UN (01) AÑO, y se determina que hasta el día de hoy ha cumplido TRES (03) MESES Y VEINTIOCHO (28) DIAS, faltándole por cumplir OCHO (08) MESES Y DOS (02) DÍAS.

Asimismo, se observa que se recibió informe presentado por el Departamento de Servicio Social, a cargo de la Licenciada ERIKA LARA, quien manifestó que el joven inició sus presentaciones en fecha 10/09/2013, desde la fecha cumple efectivamente con las presentaciones, no ha logrado reinsertarse al sistema educativo, sin embargo tiene como actividad económica instalar puertas en la Misión Vivienda, no ha estado incurso en otro hecho punible. Siendo su pronóstico favorable.

Se observa entonces, que el joven hasta el día de hoy 09/05/2014 ha cumplido con la medida de Reglas de Conducta por el lapso de OCHO (08) MESES, faltándole por cumplir CUATRO (04) MESES.

Este Tribunal considera necesario Revisar y Mantener la Medida de Reglas de Conducta al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, a los fines de que cumpla con los objetivos de esta fase de ejecución, como es la adecuada convivencia familiar y social.

DISPOSITIVA


En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial del estado Monagas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA: Se REVISA Y MANTIENE la medida de REGLAS DE CONDUCTA impuesta al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, por el lapso de UN (01) AÑO, y se determina que hasta el día de hoy ha cumplido OCHO (08) MESES, faltándole por cumplir CUATRO (04) MESES. Esta Medida se revisa conforme al artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente. Se Fija como fecha para Próxima Revisión el día JUEVES 11 de SEPTIEMBRE de 2014. Impóngase de esta decisión al sancionado. Notifíquese a la Fiscal Décimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y al Defensor. Ofíciese y envíese Copia Certificada al Servicio Social. Cúmplase.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN,


ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.


LA SECRETARIA,


ABG. MARIA VASQUEZ.-