REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
MATURIN, VEINTIOCHO (28) DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
204º y 155º
Visto el convenimiento suscrito por los ciudadanos Susana Drescher Requena, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.338.390, Abogada en ejercicio, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 102.334, procediendo en su carácter de Apoderada Judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL PROMOTORA AGUASAY, C.A., parte demandante en el presente juicio y por la parte demandada ciudadana MARITZA QUINTANA ALCALÁ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.281.658, debidamente asistida por el ciudadano JESÚS FARIAS TINEO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.626.079 e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 16.083, en el presente juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO OPCIÓN COMPRA VENTA, expediente Nº 32.162 y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de su partes y en los términos acordados por los contendiente. Devuélvanse las originales solicitadas previas su certificación en autos y entréguesele al interesado, a los fines legales consiguientes. Expídanse por Secretaria las Copias Certificadas solicitadas y entréguesele al interesado.
ABG. ARTURO JOSE LUCES TINEO
EL JUEZ
ABG. YARILUZ BOGARIN BRICEÑO
LA SECRETARIA TEMPORAL
Exp 32.162
AJLT/Yamilet
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