REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Tercero (23°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 23 de mayo de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: AP21-S-2014-001648

Vista la diligencia de fecha 22 de mayo de 2014, realizada por el abogado Bernardo Pisani, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 107.436, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente LABORATORIOS VIVAX PHARMACEUTICALS C.A, mediante la cual desiste del procedimiento de oferta a favor de la ciudadana CAROLINA DEL AMPARO COLINA RENAULD, en consecuencia, este Juzgado Vigésimo Tercero (23) de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE OFERTA DE PAGO. CÚMPLASE Y DÉJESE COPIA. Años: 204° y 155º

La Juez

Abg. Luisa Andreina Rosales Zambrano

El Secretario

Abg. Carlos Moreno

En esta misma fecha se publico y registro la anterior decisión.-
El Secretario

Abg. Carlos Moreno