REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 2 de Mayo de 2014
204º y 155º

Visto el escrito de promoción de pruebas consignado por el ciudadano Héctor Noya Gonzalez, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 19.875, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CORPORACIÓN MARCA S.A., promoviendo las siguientes documentales: 1-) Copia de la Intimación de Derechos Pendientes identificada SNAT/INTI/GRTICERC/DR/ACIM/2013/0057, de fecha 06 de marzo de 2013, notificada en fecha 02 de abril de 2013, marcada con la letra “B” en el escrito del presente recurso; 2-) Copia de Resolución identificada SNAT/INTI/GRTICERC/DJT/2013/2903 de fecha 05 de agosto de 2013, notificada el 20 de agosto de 2013, marcada con la letra “C” en el presente recurso. Este Tribunal la admite salvo su apreciación en la definitiva por cuanto no es manifiestamente ilegal ni impertinente, asimismo deja constancia que apreciará el merito favorable que se desprenda de autos conforme a lo alegado y probado, en la sentencia definitiva.

Se imprimen dos ejemplares bajo un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación del presente fallo, el segundo para que repose en original en el copiador de sentencias de este Tribunal.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los dos (02) días del mes de mayo de dos mil catorce (2014).
El Juez


Raúl Gustavo Márquez Barroso
La Secretaria,


Marbel Luz Castilla Valle




ASUNTO: AP41-U-2013-000377
RGMB/mcd.-