REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR NOVENO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR NOVENO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA REGIÓN CAPITAL CON SEDE EN CARACAS
Caracas, 15 de mayo de 2014
204° y 155°
Vista la diligencia suscrita y presentada en fecha 17 de marzo de 2014, por la abogada Nayesca Bolivar, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 97.164, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, mediante la cual apeló de la sentencia Nº 2013-061, dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha 07 de marzo de 2014, que declaró “PARCIALMENTE CON LUGAR” el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado Igor David Martínez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 75.235, actuando en carácter de representante judicial de la ciudadana Lossaires del Rio Velez Padron, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-15.681.362, contra LA DEFENSORIA DEL PUEBLO; en tal sentido, este Tribunal oye en ambos efectos la apelación interpuesta, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con el artículo 290 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia, se ordena remitir bajo oficio el expediente judicial signado con el Nº 2013-2048, a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo (U.R.D.D.), para que previa distribución de causas, la Corte designada conozca y decida la apelación interpuesta. Dicho expediente se encuentra conformado por una (01) pieza principal constante de ciento sesenta y tres (163) folios útiles, un expediente administrativo y un expediente disciplinario Líbrese Oficio y remítase. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA,
GERALDINE LÓPEZ BLANCO.
LA SECRETARIA,
CARMEN R. VILLALTA. V.
Exp 2013-2048/GLB/CRVV/dm