REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY Y CON COMPETENCIA EN EL ESTADO CARABOBO
(204° y 155°)
Maracay, veintiuno (21) de mayo del año 2014

EXP.- JSAAC- 2014-0319

Con vista a la inspección judicial realizada en fecha quince (15) de mayo del presente año, solicitada por la Oficina Regional Aragua del Instituto Nacional de Tierras, mediante el cual remiten informe de inspección técnica realizada en fecha dos (02) de mayo de 2014, en el Sector Jobo Dulce del Municipio Santiago Mariño, específicamente en las parcelas Nros. 07 y 03, con el objetivo de verificar la condición de ocupación y producción de las mismas, a fin de determinar la factibilidad de construcción por parte de la Gerencia de Proyectos del Instituto Vías de Aragua en ese predio; este Juzgado Superior Agrario considera pertinente notificar mediante oficio al Secretario Sectorial del Poder Popular de Protección Ambiental y Reordenamiento Territorial, a los fines de que remita informe técnico, detallando datos que repercutan en la afectación de los espacios inspeccionados, de ejecutarse el proyecto planteado por Gerencia Vías de Aragua, así como posibles opciones de vialidad alternas. De igual forma, se ordena oficiar a la Secretaria Sectorial del Popular para el Desarrollo Agrario y al Instituto de Ferrocarril del estado (IFE), a fin de ratificar lo solicitado en el acta de inspección judicial ante mencionada y remitan informes técnicos, en relación a los datos que repercutan en la afectación de los espacios inspeccionados, de ejecutarse el proyecto planteado por Gerencia Vías de Aragua; todo ello relacionado al expediente signado bajo el Nº 2014-0319 (Nomenclatura interna de este Juzgado). Cúmplase.
EL JUEZ
ABG. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS
EL SECRETARIO
ABG. DANIEL SUAREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libró los oficios correspondientes.
EL SECRETARIO
ABG. DANIEL SUAREZ
EXP. - JSAAC- 2014-0319
HBC/Ds/la