REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY
204º y 155º
Maracay, 23 de Mayo de 2014
Revisadas como han sido las actas que conforman el expediente, este Juzgado Superior observa que en fecha 23 de Abril de 2014, tuvo lugar la audiencia oral y pública en el presente procedimiento breve incoado por el ciudadano Jesús Antonio Flores contra el Consejo Directivo del Instituto Pedagógico Rural el Macaro (U.P.E.L), de conformidad con lo establecido en los artículos 70 y 71 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, dejándose constancia a tal efecto, que con atención a la complejidad del asunto se ordenó la apertura de una articulación probatoria cuyos lapsos procesales corresponden a las disposiciones del artículo 40 eiusdem.
En tal sentido, se aprecia que dicha articulación fue objeto de prorroga el fecha 06 de Mayo de 2014, en virtud de los medios probatorios traídos al procedimiento por las partes, la complejidad del asunto, y principalmente, por la tutela del derecho de acceso a la justicia contemplado en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Ahora bien, dado que transcurrió el lapso otorgado por este Tribunal para que se evacuaran las pruebas promovidas por las partes, y a los fines de darle continuidad a la presente causa, se apertura el lapso para proferir la sentencia en el presente procedimiento, el cual consta de cinco (05) días de despacho de conformidad con lo establecido en el artículo 72 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Y así se establece.
La Juez Superior Titular,
Dra. Margarita García Salazar.
La Secretaria,
Abg. Sleydin Reyes
Expediente N° DP02-G-2013-000052
MGS/SR/gg