REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

MARACAY, 26 de Mayo de 2014
203° y 154°

Vista la consignación efectuada por el alguacil del tribunal ciudadano JOAN APONTE en esta misma fecha en la cual expone:…omisiss….. Consigno boleta de notificación que me fuera entregada a los fines de notificar a la ciudadana: Florinda Antunes De Da Fonseca, E-743.425 o en su defecto a la representación judicial la profesional del derecho abogada Elizabeth Damaris Avila Dugarte, inpreabogado N° 95.592, me traslade hasta su domicilio procesal y en el mismo me entreviste con la abogada Elizabeth Avila la cual leyó dicha notificación y me manifestó que no recibiría la misma y que ella pasaría por el tribunal a revisar el expediente judicial, en fecha 23 de mayo de 2014. omisiss…. Ahora bien en virtud de lo expuesto por el alguacil de este tribunal y de conformidad con lo establecido en el articulo 218 del Código de Procedimiento civil que establece que: La citación personal se hará mediante compulsa con la orden de comparecencia expedida por el Tribunal, entregada por el Alguacil a la persona o personas demandadas en su morada o habitación, o en su oficina, o en el lugar donde ejerce la industria o el comercio, o en el lugar donde se la encuentre, dentro de los límites territoriales de la jurisdicción del Tribunal, a menos que se encuentre en ejercicio de algún acto público o en el templo, y se le exigirá recibo, firmado por el citado, el cual se agregará al expediente de la causa. El recibo deberá expresar el lugar, la fecha y la hora de la citación. Si el citado no pudiere o no quisiere firmar el recibo, el Alguacil dará cuenta al Juez y éste dispondrá que el Secretario del Tribunal libre una boleta de notificación en la cual comunique al citado la declaración del Alguacil relativa a su citación. La boleta la entregará el Secretario en el domicilio o residencia del citado, o en su oficina, industria o comercio, y pondrá constancia en autos de haber llenado esta formalidad, expresando el nombre y apellido de la persona a quien la hubiere entregado. El día siguiente al de la constancia que ponga el Secretario en autos de haber cumplido dicha actuación, comenzará a contarse el lapso de comparecencia del citado.(negrillas y subrayado del tribunal ) es por ello que se ordena librar cartel a los fines de realizar dicha notificación. Líbrese Cartel. Cúmplase.
La Juez Superior Titular,
Dra. Margarita García Salazar
La Secretaria,
Abog. Sleydin Reyes


EXP N° DE01-G-2012-000030