REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

Maturín, 19 de Mayo de 2014.
203º y 155º

Vista la sentencia del 08-05-2014, mediante la cual esta Instancia Superior Agraria de la circunscripción judicial del estado Monagas y Delta Amacuro, con competencia Transitoria en los estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar, declaro Inadmisible la Solicitud de Medida Cautelar de Protección Agroalimentaria, y por cuanto se observa que la misma quedó definitivamente firme, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, Asimismo, su remisión al archivo judicial del Estado Monagas, en la oportunidad correspondiente. Líbrese oficio.
El Juez,

LEONARDO JIMÉNEZ MALDONADO.

La Secretaria,

MARÍA LUISA VELANDIA
Exp: N° 0315-2014
LJM/mlv/egam