TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO
Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMASDE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA

Cagua, 19 de mayo de 2014
203° y 154°
ASIENTO Nº _______
SENTENCIA DEFINITIVA
EXPEDIENTE N° 13-5444
PARTES: FRANCIS LORENA MARCHENA RAMIREZ y SOL ANTONIO GRANADILLO NUÑEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-17.100.394 y V-12.700.158; respectivamente.
ABOGADA ASISTENTE: ANGIE SUAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 127.705
MOTIVO: SEPARACION DE CUERPOS y BIENES

- I -
En fecha 10.04.2013, los ciudadanos FRANCIS LORENA MARCHENA RAMIREZ y SOL ANTONIO GRANADILLO NUÑEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-17.100.394 y V-12.700.158; respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio ANGIE SUAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 127.705, presentaron ante este Tribunal escrito de Separación de Cuerpos y Bienes, por mutuo consentimiento, exponiendo que el día 30.09.2011, contrajeron Matrimonio Civil, según consta en Acta de Matrimonio N° 93, Folio 095 del Registro Civil de la Parroquia El Junquito del Municipio Libertador del Distrito Capital. Que de dicha unión no procrearon hijos y adquirieron bienes.

Este Tribunal en fecha 10.04.2013, admitió la solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes.

En fecha 22.04.2014, mediante diligencia suscrita por los ciudadanos FRANCIS LORENA MARCHENA RAMIREZ y SOL ANTONIO GRANADILLO NUÑEZ, antes identificados, solicitaron al Tribunal se sirva Decretar la Conversión en Divorcio en virtud de haber transcurrido más de un (01) año sin verificarse reconciliación alguna.

En fecha 24.04.2014, mediante auto el Tribunal ordena librar boleta de notificación al Fiscal Superior del Ministerio Público de esa Circunscripción Judicial, a los fines de que exponga lo que crea conducente en la Conversión solicitada.

En fecha 07.05.2014, el Alguacil de este Despacho consigno boleta de Notificación debidamente firmada y sellada por el Fiscal Superior del Ministerio Público.

Siendo la oportunidad para decidir el tribunal observa que: Consta del examen de autos de los Ciudadanos FRANCIS LORENA MARCHENA RAMIREZ y SOL ANTONIO GRANADILLO NUÑEZ, se encuentran separados por más de Un (01) año, sin existir entre ellos reconciliación alguna, por lo cual es procedente la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos solicitada.
-II-
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMASDE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en Cagua. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes de los Ciudadanos FRANCIS LORENA MARCHENA RAMIREZ y SOL ANTONIO GRANADILLO NUÑEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-17.100.394 y V-12.700.158; respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el Matrimonio que los une, contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia El Junquito del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 30 de septiembre de 2011, asentada bajo el N° 93; de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por dicho Registro.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los diecinueve (19) días del mes de mayo de 2014. Años 204° de la Independencia y 153° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO

ABG. WUILLIE GONCALVES
LA SECRETARIA

ABG. BERLIX ARIAS LOZADA
En esta misma fecha, siendo las 9:12 a.m., se publicó y registró la anterior Sentencia.
LA SECRETARIA









Exp. Nº 13-5444
WG/Bal/si