REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, dieciséis de mayo de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: DP11-L-2014-000151

PARTE ACTORA: ciudadano JOHNFER ELIU CASTILLO YAGUARAN, cédula de identidad número 24.433.069.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Asdrúbal José Zorrilla, inscrito en el INPREABOGADOS bajo el No.189.367.

PARTE DEMANDADA: INVERSIONES ELECTRO- SISTEMA LOS COCOS C.A.

APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: Merlys Palma y Jo Alice Palma, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.48.878 y 67.759.

MOTIVO: Prestaciones sociales.

En el día hábil de hoy viernes, en la fecha arriba señalada, siendo las 9:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano ALEX JOSE ZURITA PEREZ, cédula de identidad No.12.137.440, en su carácter de Presidente de la entidad de trabajo y sus apoderadas judiciales abogadas Merlys Palma y Jo Alice Palma, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.48.878 y 67.759, tal como consta del instrumento poder apud acta inserto al folio 33 de los autos; esta rectora hace constar que no se presento la parte actora ciudadano JOHNFER ELIU CASTILLO YAGUARAN, cédula de identidad número 24.433.069, ni por si ni por medio de su apoderado judicial abogado Asdrúbal José Zorrilla, inscrito en el INPREABOGADOS bajo el No.189.367.
Al respecto, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece en el artículo 130, parágrafo primero:
“El desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa días continuos”