En el día de hoy 30 de Mayo de 2014, siendo las 09:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Inicial en el presente proceso, comparece en su condición de parte actora la ciudadana MAGALY MARGARITA PEÑA RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.434.012; quien comparece asistida de la Abogada YENIFER SOTO, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.778.393., I.P.S.A. Nro. 192.438. Por la demandada ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MARIO BRICEÑO IRAGORRY, comparece el Abogado XAVIER RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.473.831, I.P.S.A. Nro. 141.032; en su carácter de apoderado tal como consta en copia simple de pode Judicial de cinco (05) folios útiles, previa presentación del original a modo videndi. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto, en donde la parte demandada la entidad de trabajo ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MARIO BRICEÑO IRAGORRY, declara que reconoce los conceptos demandados en este expediente y a fin de terminar con este procedimiento, ofrece pagar a la parte actora la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 250.000,00), para ser pagados en la sede del Tribunal, a las 11:00 a.m., en dos partes: La Primera parte que será incluido en el presupuesto del año 2015, para ser cancelada el día 30 de Junio de 2015, por la cantidad de Bs. 150.000,00; y un segundo y último pago que será incluido en el presupuesto del año 2016, por la cantidad de Bs. 100.000,00; para ser cancelada el día 30 de Junio de 2016. Así mismo, se deja constancia que previa conversaciones sostenidas con el SINDICATO DE OBREROS, SIMILARES Y CONEXOS DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MARIO BRICEÑO IRAGORRY, acordaron con la demandante tramitarle administrativamente la Jubilación, en virtud que actualmente la actora ostenta sesenta y siete (67) años de edad, comprometiéndose en darle respuesta al respecto para el día 15 de Diciembre de 2014. Se deja expresa constancia que la cantidad ofrecida y mediada en esta acta es por todos los conceptos demandados en este expediente. En éste estado la Parte Actora, asistido en este acto por la Abogada identificada supra, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeudará concepto ni monto alguno por los conceptos demandados en este expediente, una vez cumplido con los pagos indicados en esta acta.
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