REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, diez (10) de noviembre de 2014
Años: 204º y 155º
Vista la diligencia suscrita en fecha siete (07) de Noviembre de dos mil catorce (2014), por la abogada BETTY PÉREZ AGUIRRE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 19.980, quien en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, se da por notificada de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha once (11) de Agosto de dos mil catorce (2014), asimismo solicitó la notificación de dicha sentencia a la parte demandada, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte demandada, ciudadana GLENYS MAGRINA TERÁN, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.279.304, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente, a los fines de la práctica de la notificación se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Distribuidor del Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Líbrese boleta de notificación, oficio y comisión. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR,
DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,
ABG. MARÍA ELVIRA REIS
Exp: AP71-r-2014-000796
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, diez (10) de Noviembre de 2014
Años 204° Y 155°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la ciudadana GLENYS MAGRINA TERÁN MONTESUMA, Venezolana, mayor de edad, divorciada, y titular de la cédula de identidad Nº V-5.279.304, parte demandada en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, sigue en su contra, la sociedad mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., en el Expediente signado bajo el Nº AP71-R-2014-000796 de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal; Domiciliada en la Avenida 5, sector 6, apartamento 00-03, caña de azúcar, Maracay, Estado Miranda, por auto de esta misma fecha se acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha once (11) de Agosto de dos mil catorce (2014).-
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ,
DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, diez (10) de noviembre de 2014.-
Años 203° Y 154°
AL:
AL JUZGADO DISTRIBUIDOR DEL MUNICIPIO GIRARDOT DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
SE HACE SABER:
En la acción de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO seguido por la sociedad mercantil BANESCO, BANCO UNIVERSAL, C.A., contra la ciudadana GLENYS MAGRINA TERÁN MONTESUMA, Venezolana, mayor de edad, divorciada, y titular de la cédula de identidad Nº V-5.279.304, por auto de esta misma fecha se ordenó comisionarlo a los fines de practicar la notificación personal a la ciudadana antes mencionada, de la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha once (11) de Agosto de dos mil catorce (2014).
Que, acompaña a la presente comisión, la boleta de notificación librada a los fines de la práctica de la misma.
Que, el apoderado judicial de la parte accionante es la abogada BETTY PÉREZ AGUIRRE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 19.980; y la ciudadana GLENYS MAGRINA TERÁN MONTESUMA actuó en el presente expediente en su propio nombre y representación.-
Que una vez cumplida con la presente comisión, deberá devolverla con sus resultas para agregarlas a los autos correspondientes.-
Dada, firmada y sellada por este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los diez (10) días del mes de noviembre de dos mil catorce (2014), años 204º y 154º.-
EL JUEZ TITULAR,
DR. VICTOR JOSE GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,
ABG. MARÍA ELVIRA REIS
AP71-R-2014-000796
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, diez (10) de noviembre de 2014.-
Años 203° Y 154°
OFICIO Nº 2014-A-
CIUDADANO:
JUZGADO DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
SU DESPACHO.-
Tengo el agrado de dirigirme a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, despacho de comisión librado en esta misma fecha constante de cuatro (04) folios útiles, a los fines de que se lleve a cabo la practica de la notificación de la Ciudadana Interesada de la sentencia dictada el once (11) de Noviembre de 2014. Todo con motivo del RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO vcontra la ciudadana GLENYS MAGRINA TERÁN MONTESUMA, en el expediente signado bajo el Nº AP71-R-2014-000796.
Remisión que se le hace a usted, a los fines legales consiguientes.-
EL JUEZ,
Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
Exp: AP71-R-2014-000796