REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, catorce (14) de noviembre de dos mil catorce (2014).-
Años: 204º y 155°
Vista la diligencia presentada en fecha doce (12) de noviembre de dos mil catorce (2014) por la abogada YOLIMAR QUINTERO VASQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 66.473, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual solicita el desglose de boletas de notificación y comisionar nuevamente al Juzgado Distribuidor de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua indicando en dicha comisión la dirección de las partes demandadas, este Tribunal observa que las boletas de las cuales se solicita su desglose fueron libradas en fecha diecisiete (17) de junio de dos mil trece (2013) habiendo transcurrido mas de un año, en consecuencia, ordena librar nuevas boletas a la parte demandada, junto con el correspondiente oficio y despacho de comisión al Juzgado Distribuidor de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. A fin de que sea practicada la notificación de la parte demandada líbrese correspondiente oficio y despacho de comisión. Cúmplase.
EL JUEZ,
Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES.
LA SECRETARIA.
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
Exp: AC71-R-2011-000445
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, catorce (14) de noviembre de 2014.-
Años 204° Y 155°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la sociedad mercantil PALMAR C.A, domiciliada en el Estado Aragua, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha dieciséis (16) de diciembre de 1996, bajo el Nº 02, Tomo 811-A, siendo su última modificación estatuaria inscrita por ante el mencionado Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha veintiocho (28) de noviembre de 2005, bajo el Nº 40, Tomo 86-A, y/o en la persona de uno de cualesquiera de sus apoderados judiciale, abogados LUIS SOSA VELA, LUZ DANAY ROMERO PERDOMO y RAYDA ROSALIA MENDEZ SARRAMERA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 30.329, 147.999 y 21.903, respectivamente, parte Co-demandada en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES, intentada por la sociedad mercantil SEGUROS CORPORATIVOS C.A., en su contra y los ciudadanos ELI JOSÉ CASTILLO LÓPEZ y YUMILY DEL ROSARIO PINEDA DEL CASTILLO, sustanciado en el expediente signado con el número 10273, de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha diecisiete (17) de abril de dos mil trece (2013).-
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar el pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
Dirección: Conjunto Residencial La Mulera, Manzana 10, Sector Los Samanes, Maracay, Estado Aragua.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, catorce (14) de noviembre de 2014.-
Años 204° Y 155°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
Al ciudadano YUMILY DEL ROSARIO PINEDA DEL CASTILLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 4.667.842, y/o en la persona de uno de cualesquiera de sus apoderados judiciales, abogados LUIS SOSA VELA, LUZ DANAY ROMERO PERDOMO y RAYDA ROSALIA MENDEZ SARRAMERA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 30.329, 147.999 y 21.903, respectivamente, parte Co-demandada en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES, intentada por la sociedad mercantil SEGUROS CORPORATIVOS C.A., en su contra y contra de la sociedad mercantil PALMAR C.A., y la ciudadana YUMILY DEL ROSARIO PINEDA DEL CASTILLO, sustanciado en el expediente signado con el número 10273, de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha diecisiete (17) de abril de dos mil trece (2013).-
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
Dirección: Conjunto Residencial La Mulera, Manzana 10, Sector Los Samanes, Maracay, Estado Aragua.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, catorce (14) de noviembre de 2014.-
Años 204° Y 155°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la ciudadano ELI JOSÉ CASTILLO LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 4.667.842, y/o en la persona de uno de cualesquiera de sus apoderados judiciales, abogados LUIS SOSA VELA, LUZ DANAY ROMERO PERDOMO y RAYDA ROSALIA MENDEZ SARRAMERA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 30.329, 147.999 y 21.903, respectivamente, parte Co-demandada en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES, intentada por la sociedad mercantil SEGUROS CORPORATIVOS C.A., en su contra y contra de la sociedad mercantil PALMAR C.A., y el ciudadano ELI JOSE CASTILLO LOPEZ, sustanciado en el expediente signado con el número 10273, de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha diecisiete (17) de abril de dos mil trece (2013).-
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
Dirección: Conjunto Residencial La Mulera, Manzana 10, Sector Los Samanes, Maracay, Estado Aragua.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, catorce (14) de noviembre de dos mil catorce (2014).-
Años 204° Y 155°
OFICIO Nº 2014-A-
CIUDADANO:
JUEZ DEL JUZGADO DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO DE LA CRISCUSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
SU DESPACHO.-
Tengo el agrado de dirigirme a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, despacho de comisión librado en esta misma fecha, a los fines de que se lleve a cabo la practica de la notificación de la parte demandada de la sentencia dictada en fecha diecisiete (17) de abril de dos mil trece (2013). Todo con motivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES sigue la sociedad mercantil SEGUROS CORPORATIVOS C.A., contra la sociedad mercantil PALMAR C.A., y los ciudadanos ELI JOSÉ CASTILLO LÓPEZ y YUMILY DEL ROSARIO PINEDA DEL CASTILLO, en el expediente signado bajo el Nº 10273.-
Remisión que se le hace a usted, a los fines legales consiguientes.-
EL JUEZ,
Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
Exp: Nº10273
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, trece (13) de noviembre de 2014.-
Años 204° Y 155°
AL:
AL JUZGADO DISTRIBUIDOR DEL MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
SE HACE SABER:
En la acción de COBRO DE BOLÍVARES seguido por la sociedad mercantil SEGUROS CORPORATIVOS C.A., contra la sociedad mercantil PALMAR C.A., domiciliada en el Estado Aragua, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha dieciséis (16) de diciembre de 1996, bajo el Nº 02, Tomo 811-A, siendo su última modificación estatuaria inscrita por ante el mencionado Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha veintiocho (28) de noviembre de 2005, bajo el Nº 40, Tomo 86-A, y los ciudadanos ELI JOSÉ CASTILLO LÓPEZ y YUMILY DEL ROSARIO PINEDA DEL CASTILLO, por auto de esta misma fecha se ordenó comisionarlo a los fines de practicar la notificación personal, la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha diecisiete (17) de abril de dos mil trece (2013).
Que, acompaña a la presente comisión, la boleta de notificación librada a los fines de la práctica de la misma.
Que una vez cumplida con la presente comisión, deberá devolverla con sus resultas para agregarlas a los autos correspondientes.-
Dada, firmada y sellada por este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los catorce (14) días del mes de noviembre de dos mil catorce (2014), años 204º y 154º.-
EL JUEZ TITULAR,
DR. VICTOR JOSE GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,
ABG. MARÍA ELVIRA REIS
Exp Nº10273