REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, diecinueve (19) de noviembre de dos mil catorce (2014).-
Años 204º y 155°
Vista la diligencia que antecede, suscrita por el abogado Roberto Ponte, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°36913, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante ciudadana Marcelina Sanchez de Higuera, mediante la cual solicita la devolución de originales insertos desde los folios cinco (05) al siete (07) ambos inclusive y copias certificadas insertas a los folios trece (13) al veintisiete (27) ambos inclusive; este Tribunal observa:
El artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, prevé las condiciones para la expedición de copias certificadas y para la devolución de documentos originales.
Además, por ser competente el funcionario y por aplicar a los traslados y las copias las formalidades legales, tales traslados o copias hacen fe pública en cuanto al hecho de la verdad de lo certificado.
En virtud de la antes expuesto, este tribunal acuerda la devolución de los originales insertos desde el folio cinco (05) al siete (07), previa su certificación en autos, no así la devolución de las copias certificadas insertas a los folios trece (13) al veintisiete (27) por no tratarse de originales.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes
La Secretaria Temporal,
María Elvira Reis
VJGJ/mer
EXP. N°AP71-R-2014-000211