REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, cuatro (04) de Noviembre de 2014.- Años 204° y 155°

Visto los escritos de informes presentados por la abogada MARÍA ALEJANDRA SALAZAR NOGUERA, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, por una parte, y por la otra parte los abogados PEDRO PEREIRA RIERA y DUBRASKA GALARRAGA PONCE en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada así como también presentaron sus respectivos escritos de observaciones a los informes y vencido el lapso para que la parte contraria presentara observaciones al referido informe, este Tribunal advierte a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 521 del Código de Procedimiento Civil, dictará su fallo dentro de los treinta (30) días continuos a partir de esta fecha.
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes
La Secretaria Temporal,

Maria Elvira Reis.
VGJ
EXP:AP71-2014-000983