REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo (30°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 03 de noviembre de 2014
ASUNTO: AP21-L-2011-004131
Visto el escrito presentado en fecha 01.10.2014 debidamente suscrito por los abogados JHUAN JHUAN MEDINA, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el N° 156.574 actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadana PAULA DIAZ, y RICHARD GOMES, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada FUNDACIÓN TEATRO TERESA CARREÑO, debidamente acreditados en autos, mediante el cual dejan constancia del pago efectuado por la demandada al actor por el monto de Bs. 14.597,98 así como la cancelación de los honorarios profesionales de los expertos por Bs. 9.280,00, dando total cumplimiento a lo adeudado, en consecuencia, este Juzgado visto que habiéndose cumplido con el lapso de suspensión acordado de conformidad con el artículo 99 del Decreto Con Rango, Valor y Fuerza De Ley De Reforma Parcial Del Decreto Con Fuerza De Ley Orgánica De La Procuraduría General De La Republica, HOMOLOGA dicho pago y da por terminada la presente causa y se ordena el cierre y archivo definitivo del expediente. CUMPLASE.
El Juez
Abg. Juan Carlos Medina Cubillan
La Secretaria
Abog. Mirinky Zerpa
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