REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY Y CON COMPETENCIA EN EL ESTADO CARABOBO
(204° y 155°)
Maracay, dieciocho (18) de noviembre del Año 2014
EXP.- JSAAC-2014-0337
Vista la decisión dictada en fecha diecisiete (17) de septiembre del año 2014, la cual declaró INADMISIBLE el Amparo Constitucional presentado por el ciudadano Guiseppe Guerra Brandonisio, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.092.108, asistido por la Abogada Gloria Palma Núñez, titular de la cédula de identidad Nº 1.365.555, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 2.729, en contra de las presuntas violaciones constitucionales efectuadas por el Instituto Nacional de Tierras (INTI) Oficina Regional de Tierras (ORT-Carabobo) y tomando en cuenta que ya han transcurrido los lapsos para ejercer los recursos correspondientes en la actual decisión. De allí que, se da por terminada la presente causa, se ordena su cierre y remisión -en su forma original contentivo de una (01) pieza principal constante de ochenta (80) folios útiles- al Archivo Judicial del estado Aragua, anótese en los libros respectivos. Cúmplase
EL JUEZ
ABG. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS
EL SECRETARIO
ABG. DANIEL SUAREZ SERRANO
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
EL SECRETARIO
ABG. DANIEL SUAREZ SERRANO
EXP.-JSAAC-2014-0337
HBC/dss/jb