REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, Veinte (20) de Noviembre de dos mil catorce (2014).
204° y 155°

Vista la sentencia dictada por este Tribunal Superior en fecha 27 de julio de 2004, en la cual declaro el Abandono del Tramite de la acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana Balbina Rafaela Páez, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 3.129.116, debidamente asistida en ese acto por la ciudadana Abogada Carmen Valera, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 8.337, contra la Alcaldía del Municipio Girardot del estado Aragua. Este Tribunal Superior, ordena la práctica por Secretaria el cómputo de los tres (03) días de Despacho siguientes a que hace referencia el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, desde el día 13 de noviembre de 2014 (exclusive), fecha en la cual consta en autos la notificación practicada a la parte accionante, hasta el 18 de noviembre de 2014 (Inclusive), sin que la parte accionante, haya manifestado ningún tipo de recurso en contra de la decisión emitida por este Tribunal Superior. Cúmplase.


LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.
LA SECRETARIA,

ABOG. SLEYDIN REYES



Exp. No. DE01-G-2001-000022.-
N° ANTERIOR: 5.617.-
MGS/SR/gavs.







Quien suscribe, ABG. SLEYDIN REYES, Secretaria del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del Estado Aragua, HACE CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por este Tribunal, se evidencia: Que los tres (03) días de despacho, a que hace referencia el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, transcurrieron desde el día 13 de Noviembre de 2014 (exclusive), hasta el día 18 de Noviembre de 2014 (inclusive), a saber: los días 14, 17 y 18 de Noviembre de 2014.

LA SECRETARIA,

ABOG. SLEYDIN REYES.


Practicado como fue el cómputo por Secretaria se evidencia que desde el día 13 de Noviembre de 2014, exclusive, hasta el 18 de Noviembre de 2014 inclusive, transcurrieron 03 días de Despacho, para que las partes ejercieran su recurso de Apelación, por lo que habiendo transcurrido el lapso previsto en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, sin que se interpusiera recurso de apelación contra la decisión dictada por este Tribunal Superior en fecha 27 de julio del año dos mil cuatro (2004), este Tribunal la declara definitivamente firme y en consecuencia ordena el cierre del presente expediente y su posterior remisión al Archivo Judicial del estado Aragua.

LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.

LA SECRETARIA,

ABOG. SLEYDIN REYES.





Exp. No. DE01-G-2001-000022.-
N° ANTERIOR: 5.617.-
MGS/SR/gavs.