REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, veinte (20) de Noviembre del año dos mil catorce (2.014).
204° y 155°
Vista la solicitud efectuada en fecha 19 de Noviembre de 2014, por la ciudadana Maryorit Dayana Ramírez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nro. 181.610, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, diligencia mediante la cual solicito se fije nueva oportunidad para la declaración de testigo Ender Hurtado y Susana Rios…” Ahora bien, en vista de lo solicitado por la apoderado judicial de la parte recurrente, este Juzgado Superior evidencia de las actas procesales que conforman la presente causa judicial, que en fecha 19 de Noviembre de 2014, este Tribunal Superior mediante Acta de Testigo declaro desierto dichos actos en virtud de la incomparecencia de los ciudadanos ENDER HURTADO Y SUSANA RIOS, titulares de la cedula de identidad Nº 19.268.974 y 19.209.664. Es por ello que siendo este Órgano Jurisdiccional, garante de los principios del debido proceso y la tutela judicial efectiva consagrados en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y en atención de lo solicitado por la representación judicial de la parte recurrente, se fija el TERCER (3er.) día de Despacho a las Nueve y Cero minutos de la mañana (09:00 a.m.), a las Nueve y Treinta minutos de la mañana (09:30 a.m), para la comparencia de los ciudadanos Ender Alexander Hurtado Verezuela y Susana Ríos, teniendo la apoderada judicial de la parte querellante, la carga de traer a este Despacho Judicial dichos testigos, a la hora y fecha fijada.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
LA SECRETARIA
ABOG. SLEYDIN REYES.
EXP DP02-G-2014-000131
MGS/Sarg