REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, Veintiséis (26) de Noviembre de dos mil catorce (2014).
204° y 155°
Vista la sentencia dictada en fecha 11 de marzo de 2009, en el presente recurso contencioso administrativo de Nulidad, intentado por la Sociedad Mercantil Distribuidora J.S, C.A, mediante su apoderado judicial, el ciudadano abogado José Luís Tachau Lovera, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.599, contra la Inspectoria del Trabajo del estado Aragua; en la cual se declaro Consumada la Perención y Extinguida la Instancia del referido recurso de nulidad; en consecuencia, Este Tribunal Superior ordena la práctica por Secretaria, el cómputo de los cinco (05) días de Despacho siguientes a que hace referencia el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, desde el día 14 de Noviembre de 2014 (exclusive) Fecha en la cual consta en autos la notificación realizada a la Sociedad Mercantil Cervecería Regional, C.A, hasta el día 21 de noviembre de 2014 (inclusive) Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR. LA SECRETARIA
ABG. SLEYDIN REYES.
Quien suscribe, ABG. SLEYDIN REYES, Secretaria Titular del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del Estado Aragua, HACE CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por este Tribunal, se evidencia: Que los cinco (05) días de despacho, a que hace referencia el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, transcurrieron desde el día 14 de noviembre de 2014 (exclusive), hasta el día 21 de Noviembre de 2014 (inclusive), a saber los días 17, 18, 19, 20 y 21 de Noviembre de 2014.
LA SECRETARIA
ABG. SLEYDIN REYES.
Practicado como fue el cómputo por Secretaria se evidencia que desde el día 14 de noviembre de 2014, (exclusive), hasta el 21 de Noviembre de 2014 (inclusive), transcurrieron 05 días de Despacho, para que las partes ejercieran su recurso de Apelación, por lo que habiendo transcurrido el lapso previsto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin que se interpusiera recurso de apelación contra la decisión dictada por este Tribunal Superior en fecha 11 de marzo de 2009, este Tribunal la declara definitivamente firme y en consecuencia ordena el cierre del presente expediente y su posterior remisión al Archivo Judicial. CUMPLASE.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
LA SECRETARIA
ABG. SLEYDIN REYES.
Exp. No. DE01-G-2006-000140.-
ANTIGUO 8.017
MGS/SR/gavs.