REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO CON COMPETENCIA TRANSITORIA EN LOS ESTADOS NUEVA ESPARTA, SUCRE, ANZOÁTEGUI, Y BOLÍVAR
Maturín, 05 de Noviembre de 2014
204º y 155º
Vista la solicitud de Inspección Judicial, interpuesta el treinta (30) de Octubre de dos mil catorce (2014), por los ciudadanos, FLOR VENTURA AYALA DE CAMPERO Y CESAR ALFREDO CAMPERO AYALA, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad, Nº V- 8.350.810 y V- 5.390.009 respectivamente y domiciliados en la población de el Tejero, asistidos en este acto por el ciudadano abogado CARLOS ROJAS BETANCOURT, venezolano, mayor de edad, titular de la CI Nº- V 2.329.697, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 2909, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Monagas y Delta Amacuro con competencia transitoria en los estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar, ADMITE la solicitud de Inspección Judicial, considerando necesario la realización de la misma en el predio rural denominado “La Esperanza”, ubicado en el Sector Tacatá, Municipio Cedeño, del estado Monagas, constante de una superficie de doscientas hectáreas (200has) ; en consecuencia, se fija para el día miércoles tres (03) de Diciembre de 2014, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), la práctica de la referida Inspección Judicial, en tal sentido, se ordena oficiar al Consejo Comunal del sector Tacatá, Municipio Cedeño del estado Monagas, al comandante del Destacamento Nº 77 de la Guardia Nacional Bolivariana de este estado, a objeto que preste la colaboración y asigne a dos (02) funcionarios para el Resguardo de esta Instancia Superior Agraria, asimismo, oficiar a la Dirección Administrativa Regional-Monagas, en el sentido de solicitar su colaboración para que facilite un vehículo perteneciente a esa dependencia con su respectivo chofer para el traslado del Tribunal.
Líbrese oficios, publíquese, regístrese y déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y a los fines de los Ordinales 3° y 9° del artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro con competencia transitoria en los Estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar. En Maturín a los diez (05) días del mes de Noviembre del año dos mil catorce.
El Juez
LEONARDO JIMÉNEZ MALDONADO.
La Secretaria
MARIA LUISA VELANDIA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste,
La Secretaria,
MARIA LUISA VELANDIA
Sol. Nº 0007-2014.
LJM/mlv/as.-
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