JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURÍ
N, VEINTICUATRO (24) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.-


204° y 155°


Vista la anterior diligencia, suscrita el ciudadano MANUEL MACHADO, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 184.160, con el carácter acreditado en autos; donde solicita que este Tribunal proceda a dictar sentencia en el presente proceso de conformidad con el articulo 389 del Código de Procedimiento Civil; Este Tribunal luego de una revisión exhaustiva de las actas que conforman la presente causa, le informa que la presente Acción Mero Declarativa concubinaria es para que se reconozca que hubo una relación estable de hecho entre la ciudadana Berta Hilgar Hernández Delgado y el De Cujus Armando Fernández Campos, siendo el lapso probatorio fundamental para probar la existencia de dicha unión, siendo así; mal podría este Tribunal acordar lo solicitado por la parte demandante, por tal motivo Se Niega lo solicitado. Y así se decide.-








DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO.
EL JUEZ

LA SECRETARIA
ABG. YOHISKA MUJICA






Exp: 33.309
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